R. J. Nº 145-2019-BNP - Aprueban «Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales»



R. J. Nº 145-2019-BNP - Aprueban «Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales»
BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ

Aprueban "Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales"

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 145-2019-BNP


Lima, 21 de noviembre de 2019

VISTOS:

El Informe Técnico N° 000008-2019-BNP-J-DDPB-MSG y el Memorando N° 000354-2019-BNP-J-DDPB, ambos de fecha 21 de octubre de 2019, de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; el Memorando N° 001308-2019-BNP-GG-OPP de fecha 08 de noviembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000317-2019-BNP-GG-OAJ de fecha 20 de noviembre de 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas dispone lo siguiente: "Créase el Sistema Nacional de Bibliotecas como instrumento de gestión pública para el establecimiento de estándares de calidad, eficacia y eficiencia durante la prestación de los servicios brindados a la ciudadanía por las bibliotecas a cargo del Estado". Por su parte, el artículo 3 de la referida Ley establece que la Biblioteca Nacional del Perú es el ente rector de dicho Sistema;

Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MC indica que el Sistema Nacional de Bibliotecas tiene entre sus funciones, "b) Fomentar la creación, articulación y fortalecimiento de las redes bibliotecarias virtuales, orientadas a generar oportunidades de acceso a la información y al conocimiento en los ámbitos nacional, regional, provincial y distrital"; así como, "c) Establecer alianzas estratégicas con entidades especializadas, nacionales e internacionales, para fomentar la creación de bibliotecas y redes bibliotecarias modernas en los ámbitos nacional, regional, provincial y distrital";

Que, en el Glosario del Reglamento de la Ley N° 30034 se precisa que una Red de Bibliotecas es un "Conjunto de bibliotecas o de servicios bibliotecarios que, conservando su autonomía administrativa, se unen para conseguir una mejor oferta de servicios de acceso al conocimiento para la comunidad, mediante la mutua cooperación";

Que, el 11 de enero de 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 001-2018-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú (en adelante, ROF), que modificó la estructura organizacional de la entidad; y, contempla entre las funciones de la entidad, definir y emitir normas técnicas bibliotecológicas y estándares de calidad aplicables a todos los sistemas y procesos de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestión de la información y el eficaz funcionamiento del Sistema;

Que, el inciso 32.2 del artículo 32 del ROF dispone que "La BNP como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas dicta políticas, emite normas y establece estándares que son vinculantes para todos los integrantes de dicho sistema";

Que, el numeral 1.1 de los "Estándares para Bibliotecas Públicas Municipales", aprobados por la Resolución Jefatural N° 027-2019-BNP de fecha 06 de febrero de 2019, indican que el Sistema Nacional de Bibliotecas propicia la organización de las bibliotecas públicas municipales a nivel nacional en redes de bibliotecas, a fin de optimizar la gestión de sus servicios bibliotecarios y recursos bibliográficos, con un enfoque de inclusión social, de construcción de ciudadanía y desarrollo humano;

Que, mediante documentos de los vistos, la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias propuso se aprueben las "Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales", precisando que "(...) una red de bibliotecas constituirá un espacio de trabajo coordinado y articulado entre bibliotecas públicas municipales, lo cual fortalecerá el proceso de implementación del SNB, y por otro lado optimizará el uso de sus recursos para la prestación de sus servicios bibliotecarios según las necesidades del ciudadano";

Que, a través de los documentos de los vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Modernización; y, la Oficina de Asesoría Jurídica, emitieron opinión favorable respecto de la propuesta realizada por la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias;

Con el visado de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normativa pertinente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
APROBAR las "Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales", que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución y su Anexo en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI
Jefa Institucional

[El Peruano: 22/11/2019]






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