Los viajes de estudio, visitas culturales, jornadas o paseos que realizan los estudiantes de nuestras Instituciones educativas (IIEE) se realizan con la finalidad de contribuir con su desarrollo integral y logros de aprendizajes y están regulados por la Resolución Viceministerial N° 086-2015-MINEDU.
Estas actividades deben contar con un plan de trabajo que detalle sus objetivos que deben estar contemplados en el Reglamento Interno de las IIEE, en caso sean eventos que se realizan de manera recurrente durante uno o más periodos lectivos.
Asimismo, los directores de las IIEE tienen como responsabilidad verificar y asegurar que las condiciones en que se desarrolle la actividad permitan resguardar la seguridad e integridad de los estudiantes.
Es necesario asegurar que las empresas de transporte y agencias de turismo contratadas cumplan con los requisitos establecidos , tales como figurar en el Directorio Nacional de los Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del MINCETUR, estar inscritas en Registros Públicos, contar con Licencia de funcionamiento, SOAT entre otros.
De otro lado, todo viaje o actividad que se desarrolle fuera de la IE e involucre a estudiantes menores de edad, debe contar con la autorización escrita de los padres y madres de familia o apoderados.
Es recomendable que, en sus respectivos roles, las familias, directivos y docentes definan los destinos de viaje teniendo en cuenta las condiciones sociales, geográficas y de otro tipo con la finalidad de mitigar los riesgos que pudiesen presentarse durante el desarrollo de la actividad como el ocurrido en los últimos días con delegaciones de estudiantes en Ecuador.
LA PRENSA INFORMA:
- Minedu alerta sobre viajes de estudio de escolares [ANDINA.COM.PE]
Comunidad educativa es quien debe definir destino del viaje
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