Destinan más de S/ 400 millones para pagar bonificaciones y asignaciones a docentes (D. S. Nº 323-2019-EF)



Destinan más de S/ 400 millones para pagar bonificaciones y asignaciones a docentes (D. S. Nº 323-2019-EF)

MEF TRANSFIERE A REGIONES S/ 431.2 MILLONES PARA BONIFICACIONES Y ASIGNACIONES A DOCENTES: Recursos serán destinados a gobiernos regionales y también beneficiará a profesores del Vraem.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 431 millones 244,574 soles a favor de diversos gobiernos regionales para financiar el costo del pago del segundo tramo de las asignaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa.

Los recursos también se destinan para las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio y de la asignación especial por prestar servicios en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), para profesores y auxiliares de educación, nombrados y contratados.

Mediante Decreto Supremo Nº 323-2019-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó esta transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2019, con cargo al pliego del Ministerio de Educación (Minedu).

Los pliegos habilitados y los montos de transferencia por pliego se detallan en los anexos que forman parte de este decreto supremo, los mismos que son publicados en los portales institucionales del Minedu (www.gob.pe/minedu) y del MEF (www.mef.gob.pe).

Disposiciones

En los considerandos de la norma se indica que, según información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, se determinó el monto que se transferirá a favor de los diversos gobiernos regionales.

El titular de los pliegos, habilitados y habilitador, en la transferencia de partidas, aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de la norma en mención.

Los recursos de la transferencia de partidas no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.







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