Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 295-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar, entre otros, lo dispuesto en el literal b), referido al pago de encargaturas en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial para los profesores que temporalmente asumen cargos de responsabilidad previstos en las Áreas de Desempeño Laboral establecidas en el artículo 12 de la referida Ley; asimismo, el párrafo 31.3 del artículo 31 señala que las mencionadas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a solicitud de esta última;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 0711-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, refiere que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos, para financiar el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo a los profesores encargados en cargo de mayor responsabilidad; en virtud de lo cual, con Oficio Nº 204-2019-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;
Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos mediante Memorando Nº 1305-2019-EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de S/ 92 326 332,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo a los profesores encargados en cargo de mayor responsabilidad;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 92 326 332,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el literal b) del párrafo 31.1 y el párrafo 31.3 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 92 326 332,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo a los profesores encargados en cargo de mayor responsabilidad, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: | En Soles | |||
SECCION PRIMERA | : | Gobierno Central | ||
PLIEGO | 010 | : | Ministerio de Educación | |
UNIDAD EJECUTORA | 026 | : | Programa Educación Básica para Todos | |
PROGRAMA PRESUPUESTAL | 0090 | : | Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular | |
PRODUCTO | 3000385 | : | Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas | |
ACTIVIDAD | 5005628 | : | Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 79 107 127,00 | |||
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA | 9002 | : | Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos | |
ACTIVIDAD | 5000661 | : | Desarrollo de la educación laboral y técnica | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 13 219 205,00 | |||
TOTAL EGRESOS | 92 326 332,00 | |||
A LA: | En Soles | |||
SECCION SEGUNDA | : | Instancias Descentralizadas | ||
PLIEGO | : | Gobiernos Regionales | ||
PROGRAMA PRESUPUESTAL | 0090 | : | Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular | |
PRODUCTO | 3000385 | : | Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas | |
ACTIVIDAD | 5005628 | : | Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 82 154 137,00 | |||
PROGRAMA PRESUPUESTAL | 0106 | : | Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva | |
PRODUCTO | 3000790 | : | Personal contratado oportunamente | |
ACTIVIDAD | 5005877 | : | Contratación oportuna y pago de personal en instituciones educativas inclusivas, centros de educación básica especial y centros de recursos | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 834 418,00 | |||
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA | 9001 | : | Acciones Centrales | |
ACTIVIDAD | 5000003 | : | Gestión Administrativa | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 6 889 123,00 | |||
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA | 9002 | : | Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos | |
ACTIVIDAD | 5000661 | : | Desarrollo de la educación laboral y técnica | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 1 446 445,00 | |||
ACTIVIDAD | 5000681 | : | Desarrollo del ciclo avanzado de la educación básica alternativa | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 807 844,00 | |||
ACTIVIDAD | 5000683 | : | Desarrollo del ciclo intermedio de la educación básica alternativa | |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | 1 | : | Recursos Ordinarios | |
GASTO CORRIENTE | ||||
2.1 Personal y Obligaciones Sociales | 194 365,00 | |||
TOTAL EGRESOS | 92 326 332,00 |
1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo "Financiamiento del costo de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo a los profesores encargados en cargo de mayor responsabilidad", que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación
[El Peruano: 17/09/2019]
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