La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) informa a la ciudadanía lo siguiente:
1. El proceso de licenciamiento institucional de las universidades peruanas, actualmente en curso, concluye con el pronunciamiento del Consejo Directivo de la SUNEDU, ya sea otorgando la licencia o denegando la solicitud. Las universidades a las que se les deniega la licencia institucional deben iniciar un proceso de cese de actividades, con un plazo máximo de dos años.
2. ES FALSO que las universidades a las que se les deniega el licenciamiento tengan la posibilidad de seguir funcionando bajo la forma de instituciones de nivel técnico o institutos superiores. Este tipo de instituciones educativas requieren para su funcionamiento la autorización del Ministerio de Educación y deben pasar por su propio proceso de licenciamiento, que también está a cargo del MINEDU.
3. La SUNEDU lamenta que algunos medios de comunicación hayan informado de modo impreciso las recientes declaraciones del Superintendente a una radio local, en el sentido de que las universidades con licencia denegada podrían convertirse en institutos. Ante la pregunta planteada, el Superintendente expresó con claridad que las organizaciones que deseen tomar ese camino deberán obtener el licenciamiento del MINEDU.
4. El Superintendente también incidió en que la revalorización de la educación técnica es un pilar importante en la reforma educativa. El Perú necesita institutos de calidad que produzcan los técnicos que requiere el país para su desarrollo y sirvan como una alternativa a la educación universitaria. En ese sentido, la SUNEDU respalda todas las iniciativas orientadas a mejorar la educación técnica.
PÁGINA WEB SUNEDU:
www.sunedu.gob.pe
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