R. M. N° 196-2019-MINEDU - Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 del Pliego 010: Ministerio de Educación - www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 del Pliego 010: Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 196-2019-MINEDU


Lima, 30 de abril de 2019

VISTOS, el Expediente N° UPP2019-INT-0085941, el Oficio N° 00401-2019-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Oficio N° 00363-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y el Informe N° 00452-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece entre otros, que el presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;

Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N°s 062-2017-CEPLAN/PCD, 013-2018-CEPLAN/PCD, 053-2018-CEPLAN/PCD y 016-2019/CEPLAN/PCD, la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, el numeral 6.2 de la sección 6 de la citada Guía establece que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años; asimismo, dispone que el Titular de la entidad aprueba el POI Multianual hasta el 30 de abril y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;

Que, con Resolución Ministerial N° 675-2018-MINEDU se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y conforma el Equipo Técnico del Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, cuya función es asistir a la Comisión en la elaboración o modificación del PEI y POI;

Que, con Resolución Ministerial N° 737-2018-MINEDU, se aprobó el Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022;

Que, mediante Informe N° 00452-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto propone y sustenta la aprobación del POI Multianual 2020-2022 del Pliego 010 Ministerio de Educación;

Que, mediante Acta de fecha 26 de abril de 2019, la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación valida la Propuesta de POI Multianual 2020-2022 del Pliego 010 Ministerio de Educación;

Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Guía de Planeamiento Institucional aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar el Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaria de Planificación Estratégica, a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es el órgano encargado de conducir, proponer y evaluar el Plan Operativo Institucional Multianual aprobado mediante la presente resolución; así como efectuar el respectivo seguimiento y evaluación de su cumplimiento.

Artículo 3.- Los Jefes y/o Directores de los órganos, unidades orgánicas y dependencias de la Sede Central; Escuelas de Régimen Especial; Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana; Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana y Programas Nacionales, según corresponda, que forman parte del Pliego 010: Ministerio de Educación, deberán remitir con carácter de declaración jurada los informes de ejecución de metas de acuerdo a los plazos, que para ello defina la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto.

Artículo 4.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por si solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR PABLO MEDINA
Ministra de Educación

[El Peruano: 01/05/2019]





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