R. J. N° 173-2019-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF - Disponen la habilitación anual a diversas personas para ejercer el cargo de Martillero Público para el año 2019 - ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA - www.sunarp.gob.pe



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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

Disponen la habilitación anual a diversas personas para ejercer el cargo de Martillero Público para el año 2019

ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 173-2019-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF


Lima, 1 de abril de 2019

VISTO: El Informe Nº 0109-2019-SUNARP-Z.R. Nº IX-CRBM de fecha 21 de febrero de 2019; el Informe Nº 0129-2019-SUNARP-Z.R.Nº IX-CRBM de fecha 07 de marzo de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, en aplicación de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, se dictó la Resolución Ministerial Nº 143-95-MITINCI/DM de fecha 06 de octubre de 1995, mediante la cual se dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Públicos al Sistema Nacional de los Registros Públicos a partir del 16 de octubre de 1995;

Que, la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público, vigente desde el 24 de agosto del 2002, tiene por finalidad regular la actividad que cumple el Martillero Público;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público, se establece que todo Martillero Público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones; también se dispone que el Registro de Martilleros Públicos es único y de competencia nacional, teniendo sede en la ciudad de Lima;

Que, mediante Resolución Nº 206-2005-SUNARP/SN, se designa a esta Zona Registral como Órgano Desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Públicos, disponiendo el traslado del acervo documentario del Registro de Martilleros Públicos con competencia a nivel nacional con excepción de Lima y Callao existente en la Sede Central de la Sunarp a la Zona Registral Nº IX Sede Lima;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 162-2018-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 21 de marzo de 2018, publicada en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de abril de de 2018, se dispone la habilitación de 199 martilleros públicos para ejercer el cargo de martillero público durante el año 2018;

Que, siendo necesario asegurar la continuidad del servicio del registro de martilleros públicos como registro único a nivel nacional a cargo de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, debe habilitarse el ejercicio de las funciones de martillero público de acuerdo a las formalidades establecidas en la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS;

Que, siendo así, mediante Resolución Jefatural Nº 568-2018-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 11 de septiembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de septiembre del 2018, se dispuso el nombramiento de seis (6) Martilleros Públicos conforme al procedimiento establecido en la Resolución Jefatural Nº 1364-2006-SUNARP-Z.R. Nº IX-JEF que aprueba el Reglamento para la Evaluación de Postulantes a Martilleros Públicos, modificada por Resolución Jefatural Nº 595-2009-SUNARP-Z.R.Nº IX/JEF de fecha 27 de agosto de 2009;

Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público establece que para la habilitación anual se deberá presentar dentro de los quince (15) primeros días hábiles de cada año (plazo que venció el 22 de enero de 2019), la actualización de la garantía otorgada (1.5 de una UIT) y la relación de los remates realizados durante el año anterior debidamente firmado, estableciéndose que no podrá ser habilitado para ejercer el cargo durante el año en curso, el Martillero Público que no cumpla con presentar dichos requisitos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 298-2018-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de diciembre de 2018, se aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias, siendo de cuatro mil dos cientos y 00/100 nuevos soles (S/. 4,200.00), por tanto, de acuerdo al requisito establecido en el considerando que antecede, la actualización de la garantía de los martilleros públicos para el presente año, debe ser equivalente a seis mil trescientos y 00/100 (S/. 6,300.00);

Que, de los ciento noventa y nueve (199) Martilleros Públicos habilitados para continuar ejerciendo sus funciones en el ámbito nacional durante el período 2018, seis (6) no solicitaron su habilitación para el presente año, siendo los martilleros públicos con registros Nº 121, 166, 191, 207, 216 y 247;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 635-2017-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 11/12/2017 se le impuso al Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong con Registro Nº 226, la sanción de uno (1) año de suspensión en el ejercicio de sus funciones, por haber incumplido con la obligación prevista en el numeral 2) del artículo 16 de la Ley Nº 27728, la misma que fue confirmada por Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 058-2018-SUNARP/SN de fecha 10 de abril de 2018, siendo notificada al referido martillero con fecha 23 de abril de 2018;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 274-2018-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 17/05/2018 se le impuso al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293, la sanción de uno (1) año de suspensión en el ejercicio de sus funciones, por haber incumplido con la obligación prevista en los numerales 2) y 8) del artículo 16 de la Ley Nº 27728, la misma que fue confirmada por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 015-2019-SUNARP/SN de fecha 29 de enero de 2019, siendo notificada al referido martillero con fecha 11 de febrero de 2019;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 679-2018-SUNARP-ZR Nº IX/JEF del 25 de octubre de 2018, se le impuso al Martillero Público Josué Daniel Chávez Cotrina con Registro Nº 133, la sanción de ciento veinte (120) días de suspensión en el ejercicio de sus funciones, por haber incumplido con la obligación prevista en el numeral 2) del artículo 16 de la Ley Nº 27728, la misma que fue confirmada por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 330-2018-SUNARP/SN de fecha 31 de diciembre de 2018, siendo notificada al referido martillero con fecha 10 de enero de 2019;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 762-2018-SUNARP-ZR Nº IX/JEF del 20 de diciembre de 2018, se le impuso al Martillero Público Alejandro Bocanegra Castro con Registro Nº 172 la sanción de tres (3) meses de suspensión en el ejercicio de sus funciones, por haber incumplido con la obligación prevista en el numeral 3) del artículo 16 de la Ley Nº 27728, siendo notificada al referido martillero con fecha 02 de enero de 2019, no habiendo interpuesto recurso de apelación dentro del plazo de ley para interponerla;

Que, si bien los martilleros públicos con Registros Nº 226, 293, 133 y 172 solicitaron su habilitación para el año 2019, el ejercicio de sus funciones se iniciará una vez cumplido el plazo de suspensión impuesta, por lo que, en razón a ello, la ejecución de la sanción se cumplirá contando el plazo de suspensión a partir de la fecha de notificación de la resolución que sanciona o que la confirma;

Que, de los cuatro (4) martilleros públicos señalados en el décimo quinto considerando de la Resolución Jefatural Nº 162-2018-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 21 de marzo de 2018, sólo uno (1) solicitó su habilitación para el presente año, siento el martillero público con Registro Nº 117 quien actualizó su garantía al valor actual para el presente año, esto es, seis mil trescientos y 00/100 soles (S/. 6,300.00);

Que, de los seis (6) martilleros públicos nombrados a través de la Resolución Jefatural Nº 568-2018-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 11 de septiembre de 2018 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de septiembre de 2018, cinco (5) solicitaron su habilitación para el presente año dentro del plazo señalado en el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público, cumpliendo con los requisitos establecidos para dicho fin. No habiendo solicitado su habilitación el martillero público con Registro Nº 362;

Que, el numeral 142.1 del artículo 142 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los plazos y términos son entendidos como máximos, se computan independiente de cualquier formalidad, y obligan por igual a la administración y a los administrados, sin necesidad de apremio, en aquello que respectivamente les concierna, indicando además en el numeral 147.1 del artículo 147 del citado Texto Único Ordenado, que los plazos fijados por norma expresa son improrrogables, salvo disposición habilitante en contrario;

Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público, establece como plazo para la presentación de la solicitud de habilitación, dentro de los primeros 15 días hábiles de cada año, plazo que venció el 22 de enero de 2019 y al ser, una norma expresa, sin disposición posterior que la modifique, no resulta posible habilitar para el ejercicio de sus funciones para el presente año a los Martilleros Públicos con Registros Nº 121, 166, 191, 207, 216, 247 y 362; asimismo no resultaría posible habilitar para el ejercicio de sus funciones para el presente año al Martillero Público Roberto Jesús Alarcón Suarez con Registro Nº 137, quien solicitó su habilitación mediante Hoja de Trámite Nº 09 22-2019 002157 de fecha 31 de enero de 2019, siendo de manera extemporánea;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS del 14 de octubre del 2013 y la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 091-2018-SUNARP/SN del 07 de mayo de 2018;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la HABILITACION ANUAL para ejercer el cargo de Martillero Público para el año 2019, de conformidad con los considerandos expuestos en la presente resolución, a las siguientes personas:

REG.MARTILLERO PÚBLICO
117MENÉNDEZ SOTO, Leonidas Afranio
234RODRÍGUEZ NARVAEZ, Hugo Baldomero
347NORIEGA BRANDON, Raúl Enrique
460VASSALLO REYES, Luis Eladio
563ACEVEDO RODRÍGUEZ, Jilmer
665CHIRINOS ESCOBEDO, José Carlos Eulalio
779EDÉN NÚÑEZ, Salomón
880JIMÉNEZ MOSTAJO, Miguel
987CORBACHO WHITTWELL, Emilia Teresa
1088GARCÍA GALLO, Raúl Ignacio
1194QUIJANO CORBACHO, Rosa Emilia
1295MANTILLA HUERTAS, Jorge Luis
1397REYNOSO EDÉN, Javier Víctor Rafael
14101SARDÓN PARNES, Perla
15102NECIOSUP FABERIO, José Luis
16105NAVARRETE ROLDÁN, Carlos Alfonso
17106GUTIÉRREZ QUISPE, Nelly Isabel
18111REYNOSO EDÉN, Edwin Fernando
19114ZEVALLOS DIAZ, Raúl José Fernando
20115RODRÍGUEZ RAMOS, Hugo Eduardo
21116VALENCIA POLAR, María Estela
22117GALDOS OJEDA, Roderick Hudson
23119MANTILLA SÁNEZ, Saúl Rodolfo
24120TAZA PÁUCAR, Rubén José
25122ALARCÓN ESPINAL, Yuri Germán
26123REÁTEGUI HERRERA, Rodolfo Miguel Antonio
27125ABARCA ALFARO, Ana Doris
28127ROJAS TAMAYO, Pablo Colbert
29128GALINDO GIANNONI, Luis Alberto
30129GONZALES ROJAS, Wilson Gabriel
31130PANESI MORENO, Aldo Luis
32134GARCÍA CÉSPEDES, Raúl Ignacio
33135MIRANDA PÉREZ, Ricardo José
34138MONDRAGÓN DAMIÁN, Rosa María
35141ALEGRE ELERA, Arnulfo
36142ZEBALLOS ALVA, María Ángela
37145RÍOS CARRASCO, Alfredo
38146VARGAS MALQUI, Carina Georgina
39150PINTO VARGAS, José María Javier
40151REYNOSO EDÉN, Carlos Nassif
41152LARA SOBREVILLA, María Rocío
42153PORTILLA MIRANDA, Delyon Guillermo
43154VARGAS MALQUI, Bernarda Melchora
44155VALDIVIA POMAR, Mario Reynaldo
45156HURTADO ENCOMENDEROS, Carla Liliana
46158PARDO CACERES, Juan Jorge César
47159DIAZ VARGAS, Juan Favio
48161NORIEGA VEGA, Raúl Oscar
49163FERNÁNDEZ REYES, Mónica Emperatriz
50165CHÁVEZ YDRUGO, Lenin Eduardo
51167ALEGRE ELERA, Wílber Teodomiro
52168DÍAZ GARCÍA, Rosa Francisca
53169CHÁVEZ COTRINA, Judith Marleni
54170MIRANDA LAZO, Giannina Silvia
55175PÉREZ ANGULO, Armando Genaro
56178VERA VILLENA, Jesús Leonardo Melchor
57180OSNAYO PAZOS, Diana Esmilda
58183CÁCERES TORRES, Roody Willver
59184ZAPATA OBANDO, Emilardo
60188FARFÁN RODRÍGUEZ, William
61189ROJAS TAMAYO, María Gladys
62190SALAS PACHECO, Witman Armando
63192BARRIGA SÁNCHEZ, Carolina Teresa
64193CORREA GUERRERO, Alcibiades Orlando
65194COOK GARCÍA BLÁSQUEZ, Felipe Antonio
66195GONZALES BARZOTTI, Carlos Alberto
67196URBINA CHUMPITASSI, Marco Antonio
68197CHUMIOQUE HIDALGO, Enrique Orlando
69198PEREYRA ALVA, Juan Carlos
70199SALDAÑA LEÓN, Justo David
71201SALDAÑA MELLA, Mercedes Victoria
72202NEYRA USQUIANO, Félix Máximo
73204LENCI MAGUIÑO, Francisco Victorino
74205ROCA CUZCANO, Orlando Florencio
75206ESCUDERO LOZANO, Alberto César
76208LUPA NAVARRO, Nelly Eleuteria
77209VEGA TIRADO, Asdel Edilberto
78210PAREDES LANDAURO, Guillermo Eulogio
79211ZAMORA MILLONES, Aldo Martín
80213JARA CHUMBES, Sandro Alberto
81214IPENZA NEGRI, Víctor Manuel
82215GUZMÁN GUTIÉRREZ, Milton Erick
83224MARIÑAS SANCHEZ, Abraham
84225MELÉNDEZ LEÓN, José Carlos
85227KONG EYZAGUIRRE, Juan Pablo
86228ALVITEZ RIOS, María Helena
87230BUTRÓN RODRÍGUEZ, Fernando Arnulfo
88231CHÁVEZ MARTÍNEZ, Hamlet
89233MANTILLA SÁNEZ, Jorge Raúl
90234GÁLVEZ VERA, César Luis
91235RAMOS FERNÁNDEZ-DÁVILA, Milton Renzo
92236PONCE VALDIVIA, Héctor Mauricio
93237LUNA TAY DE CORREA, Alida María
94238ROJAS ALANIA, Reynaldo José
95241ZAPATA OBANDO, César Armando
96242LOLI DIANDERAS, Delfort Antonio
97244ASCUE CASTRO, Eduardo
98246ALCÁNTARA SUYÓN, Lorvi
99248SALAZAR ALCÁZAR, Elena Lissette
100250URBANO VALENCIA, Gina Virna
101251ÑAUPA CONTRERAS, Jorge Luis
102256YI SALINAS, Moisés Gustavo
103257GONZALES VILA, Alcides Andrés
104260CASTRO PÉREZ VARGAS DE NAVARRETE, Gladys Elena
105261GONZALES VILLANUEVA, Pedro Nolasco
106262ZELAYA ASTETE, Marita Doris
107263VILLANELO NINAPAYTAN, Flavio Alberto
108264VIZCARRA ADRIANO, Christian Rubén
109265ARIAS GALLEGOS, Ángel Rubén
110266CORNEJO BARRAGÁN, Oscar Ronald
111267DIAZ COAQUIRA, Reneé Salomón
112268LADRÓN DE GUEVARA OLARTE, Alfredo
113269ALARCÓN GONZÁLEZ, Brigthe Del Rocío Edelmira
114270TAZA PIÑAS, Sadith Mariela
115271RECALDE MORALES, Adolfo
116272FARFÁN ZAMBRANO, Rodolfo Alberto
117274QUINTANA CHUQUIZUTA, Wilder
118276CAMACHO FERNÁNDEZ, Sujeily Enith
119277MANRIQUE LEWIS, Jorge Arturo
120278DÍAZ DÍAZ, Frany Heber
121279SUÁREZ CHIONG, Álvaro Alejandro
122280GALINDO SCHRODER, Carla Francisca
123281CANALES GALLEGOS, José Ángelo
124283PALACIOS PINTO, Marisol Yovana
125284ROMERO FRANCO, Guisela
126285RODRÍGUEZ CORRALES, Daniel David
127286ROJAS ALANIA, Norma Reveca
128287GUARDIA GÓMEZ, María Cristina
129289RIVERO PACHECO, Patricia Magaly
130290NAVARRETE CASTRO, Ives Andrés
131292RAMOS ORTEGA, Luis Beltrán
132294INFANTES ARBILDO, Nils Denis
133296MONCADA HORNA, Jhimy Frank
134297LEÓN GIL, Waldo Raúl
135298CASTELLANOS FERNÁNDEZ, GinnoCristian
136300ALATRISTA SALOMA, Carlos Hugo
137301TAPIA QUIROZ, Rafael James
138303ALVA VÁSQUEZ, Marcela Liliana
139304LAFITTE LAMAS, Ricardo
140305GAMARRA ESCALANTE, Adolfo Benjamín
141307PISFIL FLORES, Eloy Octavio
142308GOLDEZ CORTIJO, Moisés José
143310MAJLUF DELAUDE, Katia Patricia
144311LARREA NONGRADOS, Cinthia Karina
145312LLAQUE MOYA, Miguel Ángel
146313VILLEGAS ARANDA, Ruth Maribel
147314PIZARRO CASAVERDE, Justo
148315VÁSQUEZ ZUBIETA, Patricia Victoria
149316VERGARA COAGUILA, Fanny Adeli
150317RAMOS ROMANÍ, Rudy Oscar
151318FLORES DE MENDOZA, Marlene Cleofé
152319ALVA RIVERA, Pamela Marisol
153321APAZA MORANTE, Víctor Orlando
154322ABANTO PERALTA, Edwin
155323CALDERÓN CONTRERAS, Jorge Enrique
156324VENTURA GONZALEZ, Martín
157325VALDIVIA HOLGUÍN, Fredt Peter
158326BAUTISTA LIZARBE, Roberto Carlos
159327PLASENCIA GÁLVEZ, Jesús Marleny
160328RUIZ CHUMBE, Erika Madith
161329MIRANDA PÉREZ, Gladys Elizabeth
162330LAVALLE OLIVA, Gabriela
163331TELLO FLORES, Mercedes Narcisa
164332VALENCIA MAQUERA, Miltom Wido
165333ROMANO SARAVIA, Javier Orlando
166334REMOTTI CARBONELL, Gisella Beatriz
167335CHIRA MORENO, Joseph Alberto
168336GARAY PÁUCAR, Edith Zinthia
169337MUÑOZ AGUIRRE, Claudia Melissa
170338ZEGARRA TAMAYO, Jaime Moisés
171339DEGREGORI SARMIENTO, José Orlando
172340ZAVALA PONCE DE LEÓN, Ana María
173341ANTEZANA SOTO, José Antonio
174342ECHEVARRIA CAMARGO, Gonzalo Efraín
175343MATSUOKA SATO, Gustavo Daniel
176344MONTENEGRO FERNÁNDEZ, Sandra Liliana
177345ALVARADO MALPICA, Bethuel Leudmin
178346YUPTÓN CHÁVEZ, Héctor Sebastián
179347ARCE ALMIRÓN, Jairzinho Jorge Arturo
180348LLUMPO ARCE, Esperanza Marina
181349OLIVERA FERNÁNDEZ, Boris Augusto
182350OLIVERA BERNAL, Justiniano Augusto
183351VALLE FABERIO, Wolfgang Paúl
184352FONSECA VELÁSQUEZ, Liliana Edith
185353CUBA VELAOCHAGA, Luis Eduardo
186354SALAS ATENCIO, Indira Margareth
187355RAMOS LEÓN, Alexander Álvaro
188356CÓRDOVA CALLE, Francisco Eduardo
189357PINO JORDAN, Luis Fernando
190358YUPTÓN IDROGO, Héctor Iván
191359VERGARA COAGUILA, John Franklin
192360LAVAUD MEDINA, Luis Felipe
193361JAIMES BLANCO, Alex Baudilio
194363VALENZA MOGOLLÓN, Maggali Jacqueline
195364VASQUEZ OBANDO, Cesar Alfonso

Artículo Segundo.- La HABILITACION dispuesta, se encontrará vigente hasta la expedición de la Resolución Jefatural que disponga la habilitación de martilleros públicos para el año 2020.

Artículo Tercero.- Los martilleros públicos que a continuación se detalla, iniciarán el ejercicio de sus funciones una vez cumplida la sanción de suspensión impuesta, conforme a lo indicado en el décimo quinto considerando de la presente resolución.

-REG.MARTILLERO PUBLICOLEVANTAMIENTO SUSPENSIÓN
1133CHÁVEZ COTRINA, Josué Daniel11/05/2019
2172BOCANEGRA CASTRO, Alejandro03/04/2019
3226RAMOS WONG, Alberto Oscar24/04/2019
4293CHÁVEZ ENCISO, Gianni Gasttone12/02/2020

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HAROLD TIRADO CHAPOÑAN
Jefe de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima

[El Peruano: 07/04/2019]





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