Con el fin de garantizar la seguridad en los locales escolares, durante el desarrollo de actividades extracurriculares y comunitarias, en la jurisdicción de las siete UGEL, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, invoca a los directores de las instituciones educativas a adoptar las medidas de gestión necesarias.
En esa línea, es importante señalar que el director de la institución educativa es el responsable de la independencia y seguridad de los espacios educativos, tal como lo establece la Ley General de Educación y su Reglamento, por lo tanto constituyen faltas graves facilitar el local escolar para reuniones sindicales o permitir el proselitismo político.
Sobre el alquiler de ambientes del local escolar, como patios, piscinas, campos deportivos, entre otros, las actividades a realizarse no deben desarrollarse en horas de clases. Además, el contrato entre las partes debe especificar las responsabilidades del contratante con relación al cuidado, mantenimiento y reparación del inmobiliario e infraestructura del local.
En esa línea, es importante subrayar que el uso de los ambientes de los locales escolares debe estar orientado a actividades pedagógicas y/o culturales. Asimismo, está prohibido la comercialización y consumo de bebidas alcohólicas durante los eventos al interior de los locales escolares.
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