R. VM. N° 179-2018-MINEDU - Modifican Norma Técnica denominada «Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones» www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Modifican Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 179-2018-MINEDU

Lima, 12 de noviembre de 2018

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala entre los objetivos de la descentralización, la unidad y eficiencia del Estado mediante la distribución ordenada de las competencias públicas y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal, así como la debida asignación de competencias para evitar la duplicidad de funciones y recursos, y la elusión de responsabilidades en la prestación de los servicios;

Que, el artículo 63 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad del sistema;

Que, con Resolución Viceministerial N° 071-2016-MINEDU, modificada por la Resolución Viceministerial N° 139-2017-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones", con la finalidad de orientar a los Gobiernos Regionales a fortalecer la capacidad operativa del recurso humano directivos y especialistas en el área pedagógica en las Unidades de Gestión Educativa Local;

Que, mediante Informes Técnicos N°s 130, 151, 190-2017-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED y N°s 015, 189-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED e Informe N° 091-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED, la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada de la Dirección de General de Gestión Descentralizada sustenta la modificación de los numerales 6.3, 6.4, 7.2.2, 7.2.3 y 8.2; y, del Anexo N° 02; así como la incorporación del Anexo Nº 04 de la norma técnica antes citada, a fin de realizar la correcta asignación del incremento máximo del 5% del Cuadro para Asignación de Personal vigente de los cargos estimados de Especialistas en Educación y Jefes de Gestión Pedagógica para las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y sus Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de los gobiernos regionales Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y Ucayali; e, incluir los cargos creados de especialistas en educación en el CAP Provisional de las UGEL de reciente creación;

Que, los informes que sustentan la modificación cuentan con la opinion favorable de la Unidad de Organización y Métodos y de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;

Que, el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que es función del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia;

Con el visado de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Unidad de Organización y Métodos, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar los Numerales 6.3, 6.4, 7.2.2, 7.2.3 y 8.2 y el Anexo N° 02 de la Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones", aprobada con Resolución Viceministerial N° 071-2016-MINEDU y modificada con Resolución Viceministerial N° 139-2017-MINEDU, de acuerdo a lo contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Incorporar el Anexo N° 04 en la Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones", aprobada con Resolución Viceministerial N° 071-2016-MINEDU, y modificada con Resolución Viceministerial N° 139-2017-MINEDU, de acuerdo a lo contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Viceministro de Gestión Institucional

[El Peruano: 13/11/2018]





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