Publican Ley que Modifica uso de las vacaciones en el sector público y privado (D. LEG. Nº 1405)



Publican Ley que Modifica uso de las vacaciones en el sector público y privado (D. LEG. Nº 1405)

Los empleados disponen de treinta días de vacaciones al año, pero ahora tendrán más facilidades para fraccionar ese período: En el marco de las facultades legislativas, el Gobierno oficializó el Decreto Legislativo Nº 1405, una medida adelantada por el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE) para que los trabajadores del sector público y privado puedan solicitar vacaciones por periodos menores a los 7 días obligatorios. Así, el Gobierno adoptó medidas para flexibilizar el descanso vacacional de los trabajadores del sector público.

Si bien contaban con un período de treinta días de vacaciones al año, ahora tendrán más facilidades para fraccionar este tiempo.

Así lo dispuso el Ejecutivo mediante el Decreto Legislativo N° 1405, publicado en el Diario Oficial El Peruano, en el marco de las facultades delegadas por el Congreso de la República.

Los trabajadores pueden dividir su descanso en períodos no menores de siete días calendario. Sin embargo, una porción de las vacaciones tendrá beneficios especiales.

De los 30 días calendario, el trabajador contará con hasta siete días hábiles que podrá dividirlos "en periodos inferiores al establecido en el numeral 3.2. [párrafo anterior] y con mínimos de media jornada ordinaria de servicio", detalla la norma.

Es decir, podrá solicitar vacaciones hasta por medio día de trabajo utilizando este beneficio.

Por ejemplo, el colaborador podrá pedir hasta 14 jornadas de medio día al año, si es que decide dividir sus siete días hábiles de esa forma.

Los períodos fraccionados de vacaciones se decidirán por acuerdo escrito entre el servidor y la entidad pública.

SECTOR PRIVADO

En el caso del privado, el trabajador debe disfrutar del descanso vacacional en forma ininterrumpida. Sin embargo, a solicitud escrita del trabajador, el disfrute del período vacacional puede ser fraccionado de la siguiente manera:

1) Quince días calendario, los cuales pueden gozarse en periodos de siete y ocho días ininterrumpidos.

2) El resto del período vacacional puede gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a siete días calendario y como mínimo de un día calendario. Por acuerdo escrito entre las partes, se establece el orden de los periodos fraccionados en los que se goce el descanso vacacional.

El descanso vacacional puede reducirse de 30 a 15 días calendario con la respectiva compensación de 15 días de remuneración. El acuerdo de reducción es por escrito.

La reducción solo puede imputarse al período vacacional que puede gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a siete días calendario.



LA PRENSA INFORMA:

  • Vacaciones: Explicamos los cambios para el sector privado y público [ELCOMERCIO.PE]
    El Gobierno oficializó, mediante un decreto legislativo, modificaciones en el fraccionamiento del periodo vacacional para los trabajadores de ambos sectores. También se reglamentó el adelanto de vacaciones
  • Gobierno modificó ley de vacaciones que afectará a todos los trabajadores [RPP.PE]
    Fraccionamiento de días de descanso y adelanto de vacaciones antes de haber trabajado un año son los principales cambios en la norma.
  • Trabajadores podrán pedir vacaciones por periodos menores a 7 días [CANALN.PE]
    El Poder Ejecutivo emitió un decreto legislativo que establece regulaciones del descanso vacacional para el sector público y privado en el que se dispone el fraccionamiento de las vacaciones por periodos menores de 7 días, previo acuerdo con el empleador.
  • Trabajadores del sector público podrán pedir vacaciones hasta por media jornada laboral [PERU21.PE]
    Los empleados disponen de treinta días de vacaciones al año, pero ahora tendrán más facilidades para fraccionar ese período.
  • Las vacaciones podrán fraccionarse [ELPERUANO.PE]
    DECRETO LEGISLATIVO 1405 ESTABLECE NUEVAS DISPOSICIONES
  • Trabajadores podrán tomar vacaciones por fracciones menores a 7 días [LAREPUBLICA.PE]
    Cambios. En el caso del sector privado, el periodo mínimo de vacaciones será de un día. En el sector público, las vacaciones podrán ser de hasta medio día.





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