La SUNAT dispuso que ahora las notificaciones que realice para actos de fiscalización, requerimientos de información y otros se hará vía electrónica. Conoce los detalles en la siguiente nota: La Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat) dispuso que las notificaciones para actos de fiscalización, requerimiento de información, así como como esquelas de citación y cartas, entre otros se realizará a partir de la fecha por correo electrónico.
De esta manera, la información será enviada a todos los contribuyentes mediante su Clave Sol y a la que se puede acceder desde el portal web del ente recaudador:
La primera de las notificaciones puestas a disposición, serán aquellas que brindan información a los contribuyentes de acuerdo con las facultades establecidas en el artículo 62 del Código Tributario y que no forma parte de un procedimiento de fiscalización.
Luego, aquellas que citan a deudores tributarios para proporcionar información a la Sunat, incluso fuera de un proceso de fiscalización. Finalmente, estarán las notificaciones de las respuestas a consultas o solicitudes realizadas por los propios contribuyentes .
Vale precisar también que los requerimientos que la Sunat hace por correo electrónico usualmente tendrán un plazo de 15 a 30 días. Además, el ente del Estado podría multar a los contribuyentes por no revisar el correo electrónico, ya que el no revisar las notificaciones podría generar indefensión, ausencia de conocimiento del proceso de fiscalización, y consecuentemente deudas o multas injustas.
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