La norma también incluye a los condenados por apología del terrorismo, violencia sexual o tráfico ilícito de drogas: El Ministerio de Educación (Minedu) anunció un nuevo procedimiento para acelerar la destitución o la separación preventiva de personal de dicho sector que tenga condenas firmes, procesos en trámite, denuncia penal ante la Policía o Fiscalía por los delitos de terrorismo, apología del terrorismo, violación de la libertad sexual o tráfico ilícito de drogas.
Según la Resolución Ministerial N° 241-2018 MINEDU, esta medida se aplicará independientemente del régimen laboral o contractual del trabajador que preste servicios en alguna de las instituciones educativas, instancias de gestión educativa descentralizada, órganos o personas de derecho público o privado del sector.
Al respecto, el titular del Minedu, Daniel Alfaro, explicó que la destitución para el caso de los condenados se realiza de manera automática, bastando solo la información del Poder Judicial, sin que se requiera de documentación adicional, mientras que la separación preventiva se hace efectiva dentro de las 24 horas de conocida la condición de procesado o la denuncia penal o administrativa.
Desde el Minedu se realizará el seguimiento de cada caso hasta verificar la aplicación efectiva de la medida, para lo cual se realizarán acciones de coordinación y capacitación a las DRE y UGEL a nivel nacional.
"El Minedu ha remitido un oficio múltiple a todas las unidades de gestión educativa local para que emitan el documento de destitución de los sentenciados y, de ese modo, los profesores condenados por terrorismo y los delitos señalados en la norma sean retirados de las escuelas y no vuelvan más", afirmó.
Alfaro indicó que el Poder Judicial ha entregado al Minedu la lista de los condenados que serán destituidos y se espera que el Ministerio Público brinde la nómina de investigados por los cuatro delitos mencionados.
Anotó que la norma establece los roles, plazos y responsabilidades de cada instancia del sector para dar cuenta de los antecedentes penales de su personal, incluyendo al Minedu, las UGEL, las DRE, así como las instituciones educativas del país.
Asimismo, precisa que los directivos de estas instituciones son los responsables de hacer cumplir los requerimientos, plazos y procedimientos correspondientes a la verificación de los antecedentes penales de su personal, y que se someten, en caso de incumplimiento, al procedimiento disciplinario aplicable de acuerdo a su régimen laboral o contractual.
En los casos de postulación a alguna plaza pública o designación, se hará el cruce de información con las autoridades competentes y se remitirá a los organizadores de los concursos la lista de condenados, procesados o con denuncia penal o administrativa.
A los postulantes o candidatos se les exigirá la presentación de la constancia negativa de antecedentes penales y judiciales o una declaración jurada.
Se precisa, además, que el Minedu, las DRE y UGEL deberán supervisar y garantizar que no se vuelva a contratar al personal que haya sido separado definitivamente, ni contratar a quien mantiene la condición de procesado o investigado, por los delitos señalados.
La norma que aprueba el procedimiento para aplicar las destituciones o separaciones preventivas se encuentra a disposición de los interesados en el portal institucional del Minedu.
PÁGINA WEB MINEDU:
www.minedu.gob.pe
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