Colegios privados están prohibidos de impedir traslados de matrícula por deuda



Colegios privados están prohibidos de impedir traslados de matrícula por deuda

El Ministerio de Educación (Minedu) informó a los padres de familia que durante el proceso de matrícula escolar 2018 los colegios privados no deben impedir el traslado de matrícula por deuda:

(...)

7.4 Traslado de matrícula

El traslado de matrícula es gratuito y se realiza hasta antes del último período del año escolar, a través del siguiente procedimiento:

• El padre de familia, tutor legal o apoderado del estudiante, solicita por escrito al director de la I. E. o profesora coordinadora del programa educativo de origen el traslado de matrícula y la entrega de los documentos de escolaridad del estudiante: copia de partida de nacimiento, copia de DNI o pasaporte, certificado de estudios y ficha única de matrícula obtenida del SIAGIE.

• El director de la I. E. de origen autoriza, bajo responsabilidad, mediante resolución directoral, el traslado de matrícula y entrega los documentos de escolaridad del estudiante en un plazo de 48 horas.

En el caso de programas del nivel inicial la profesora coordinadora debe realizar el cambio en el SIAGIE y reportar a la UGEL con la documentación señalada para que realice la autorización de traslado con resolución directoral.

• El director o profesora coordinadora de la I. E. o programa de destino aprueba mediante resolución directoral o coordina con la UGEL, respectivamente, la inclusión del estudiante en la nómina de matrícula y registra su traslado en el SIAGIE en un plazo no mayor de cinco días hábiles.

En las II. EE. privadas está prohibido impedir el traslado de matrícula por deuda. Las II. EE. privadas solo pueden retener los certificados de estudio de los períodos no pagados, siempre y cuando hayan informado a los padres de familia al momento de la matrícula.


También el ministerio recordó a los padres de familia que pueden utilizar la herramienta virtual www.identicole.minedu.gob.pe para verificar si los colegios tienen autorización para operar y constatar sus características.






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