Autorizan viaje de profesional a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 678-2017-MINEDU
Lima, 1 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Deportes del Estado Plurinacional de Bolivia, cursó invitación a todos los países miembros del Consejo Sudamericano del Deporte - CONSUDE para participar en los XXIII Juegos Sudamericanos Escolares 2017, que se llevarán a cabo del 02 al 10 de diciembre del 2017, en la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia;
Que, los XXIII Juegos Sudamericanos Escolares 2017 es un evento deportivo multidisciplinario organizado por el CONSUDE, en el cual participarán escolares de los 11 países miembros, quienes competirán en las siguientes disciplinas deportivas: Ajedrez, Atletismo, Baloncesto, Futsal, Fútbol, Balonmano, Natación, Tenis de Mesa, Voleibol y Atletismo Adaptado;
Que, mediante Oficio N° 566-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DEFID la Dirección de Educación Física y Deporte-DEFID solicita se autorice el viaje de la señora LEISLEI ASUNCION AVILES OCHOA, Especialista de la DEFID para que participe en el referido evento;
Que, con Informe N° 255-2017-MINEDU/SG-OGCI la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales manifiesta que resulta relevante la participación de la señora LEISLEI ASUNCION AVILES OCHOA, Especialista de la DEFID, en el referido evento, toda vez que permitirá ver in situ el desempeño de nuestros deportistas escolares, lo cual contribuirá en la formulación e implementación articulada de políticas, planes y documentos normativos relativos al desarrollo de la educación física y el deporte a nivel escolar;
Que, los gastos que genere el viaje para asistir al referido evento serán asumidos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte - Unidad Ejecutora: 001. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por el organizador del evento;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, durante el presente año, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo señala que la autorización para viajes al exterior de las personas antes mencionadas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la Secretaría General, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaria General N° 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva N° 006-2017-MINEDU/SG, "Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora LEISLEI ASUNCION AVILES OCHOA, Especialista de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 11 de diciembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte - Unidad Ejecutora: 001, de acuerdo al siguiente detalle:
LEISLEI ASUNCION AVILES OCHOA
Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 462,81
Artículo 3.- Disponer que la profesional citada en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultados del evento.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Idel Vexler T.
Ministro de Educación
[El Peruano: 02/12/2017]
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