El Ministerio de Educación (Minedu) informa al magisterio que las horas trabajadas por los docentes en cumplimiento del plan de recuperación de clases serán remuneradas, de acuerdo a lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 012-2017.
Los docentes que no cumplan el plan de recuperación de clases perdidas no recibirán dicha remuneración, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que señala que el pago solo corresponde como contraprestación por la labor efectivamente realizada.
Actualmente, las direcciones y gerencias regionales de educación vienen presentado al Minedu, en coordinación con los directores de las instituciones educativas, docentes y padres de familia, los planes de recuperación de clases a nivel regional.
Una vez que los profesores cumplan con el plan validado por el Minedu, recibirán el pago de su remuneración mensual y el reintegro por los días laborados en la recuperación de clases en el mes.
Sobre los descuentos en coyuntura de huelga
El Minedu informa que los descuentos en las remuneraciones realizados a los docentes en huelga se enmarcan en la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que establece que el pago de remuneraciones solo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, y prohíbe el pago por días no laborados.
Los descuentos se han contabilizado por día, entre S/ 59 y S/ 103, de acuerdo a la escala magisterial de los docentes. El importe descontado por los días no laborados fue revertido al Tesoro Público en cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 012-2017.
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