DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-DA-MDMM - Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito (15 Junio al 31 Julio 2017) www.munimagdalena.gob.pe



DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-DA-MDMM - Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito (15 Junio al 31 Julio 2017) www.munimagdalena.gob.pe

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR

Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-DA-MDMM

Magdalena del Mar, 1 de junio de 2017

DISPONEN EL EMBANDERAMIENTO DEL DISTRITO

El Alcalde de la Municipalidad de Magdalena del Mar

CONSIDERANDO:

Que, el 01 de Julio de este año se celebra el Aniversario de la Creación Política del distrito de Magdalena del Mar; asimismo, en dicho mes se celebra el Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, cuya fecha central es el 28 de Julio;

Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de reafirmar nuestra conciencia cívica, así como los sentimientos de identidad nacional, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de Magdalena del Mar;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º Inciso 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1º.-
DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR, ya sean éstos viviendas, locales comerciales e instituciones públicas o privadas, a partir del día 15 de junio del 2017 hasta el 31 de Julio del 2017, por las consideraciones antes expuestas.

Artículo 2º.- DISPÓNGASE que todos los inmuebles del distrito, estén debidamente presentados, con la limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus fachadas.

Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes.

Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Comunicaciones, la Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Promoción Social y demás órganos municipales el cumplimiento del presente Decreto.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde

[El Peruano: 17/06/2017]





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