PNP: Policías estarán obligados a presentar declaración jurada sobre sus ingresos, bienes y rentas (D. Leg. 1291)



PNP: Policías estarán obligados a presentar declaración jurada sobre sus ingresos, bienes y rentas (D. Leg. 1291)

LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR: Cada dos años deberán presentar su declaración jurada, señala el reglamento del D. Leg. 1291.

Para detectar un posible desbalance patrimonial, en adelante, todo el personal de la Policía Nacional en sus diferentes categorías, jerarquías y grados está obligado por ley a presentar cada dos años una declaración jurada de ingresos, bienes y rentas.

Así lo dispone el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1291, publicado en las Normas Legales del Diario El Peruano, sobre herramientas para la lucha contra la corrupción en el Ministerio del Interior.

El reglamento precisa que el objetivo de la declaración jurada es evidenciar la situación patrimonial y financiera de todo el personal de la Policía Nacional del Perú. La entrega de dicha declaración se hará en forma virtual hasta el 31 de marzo del año correspondiente. Tiene carácter obligatorio y su incumplimiento está tipificado como falta administrativa disciplinaria.

El reglamento encarga a la Dirección Ejecutiva de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la PNP y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio a que habiliten el acceso al personal policial mediante intranet.

Los efectivos policiales no deberán presentar documentos que sustenten el contenido de la declaración jurada, aunque estos sí pueden ser requeridos al evidenciarse inconsistencias en la información presentada. La Inspectoría General de la PNP garantizará el cumplimiento de la presentación de dicho documento de manera oportuna.

Rendición de cuentas

Otro de los capítulos importantes de esta norma se refiere a la rendición de cuentas que la PNP debe brindar al ciudadano, respecto al incremento o la disminución de la criminalidad en cada jurisdicción; así como a las dificultades con que la institución policial se pueda haber encontrado en el desarrollo de sus actividades.

Se establece que dicha rendición se hará mediante audiencias públicas, en las que la sociedad civil podrá estar representada por las autoridades electas de la jurisdicción y los miembros de las juntas vecinales, en caso de que los hubiera.

Integridad

Mediante el Decreto Supremo N°011-2017-IN aprobó el reglamento de norma que prohíbe el uso de instalaciones policiales como depósitos vehiculares.

Otro decreto crea el Fondo de Invalidez y Protección del Bombero Voluntario del Perú.





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