R. M. N° 643-2016-MINEDU - Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, para financiar el pago de la Tercera Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU - www.minedu.gob.pe



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MINISTRO DE EDUCACIÓN

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, para financiar el pago de la Tercera Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 643-2016-MINEDU

Lima, 15 de diciembre de 2016

CONSIDERANDO

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante Resolución Ministerial Nº 0594-2015-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 269 332 782,00 (Doce mil doscientos sesenta y nueve millones trescientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2016, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, con fecha 30 de junio de 2016, el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI, suscribieron el Convenio N° 175-2016-MINEDU, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, con el objeto que la UNI, fuera del ámbito de su actividad ordinaria, se encargue de la recopilación y análisis de información relacionada al fortalecimiento de capacidades y bienestar de los docentes, sobre la base de la aplicación de la Encuesta Nacional a Docentes de Instituciones Educativas Públicas y Privadas para el año 2016 (ENDO 2016); estableciéndose además, que el Ministerio de Educación transferirá a favor de la UNI hasta la suma de S/ 1 790 207,50 (Un millón setecientos noventa mil doscientos siete y 50/100 Soles), la cual cubrirá los gastos administrativos efectivamente realizados por la UNI para el cumplimiento del objeto del Convenio bajo comentario;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 408-2016-MINEDU se autorizó una Transferencia Financiera a favor del Pliego 514: U.N. de Ingeniería, para financiar el pago de la Primera Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 523-2016-MINEDU se autorizó una Transferencia Financiera a favor del Pliego 514: U.N. de Ingeniería, para financiar el pago de la Segunda Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU;

Que, con Informe N° 391-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, la Dirección de Promoción de Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente sustenta y solicita se efectúe una transferencia financiera hasta por el monto de S/ 537 062,25 (Quinientos treinta y siete mil sesenta y dos y 25/100 Soles) para financiar el pago de la Tercera Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU, conforme a lo establecido en el numeral X. Forma de Pago del Anexo A del referido Convenio;

Que, a través del Informe N° 762-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la UNI y señala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 01: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada Transferencia Financiera;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 537 062,25 (Quinientos treinta y siete mil sesenta y dos y 25/100 Soles), para financiar el pago de la Tercera Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01; y, la Directiva N° 002-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP "Procedimientos para la Autorización de Transferencias Financieras y el Registro de Información en el Marco de los Acuerdos y Convenios suscritos por el Ministerio de Educación en el año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General N° 123-2016-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 537 062,25 (Quinientos treinta y siete mil sesenta y dos y 25/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento 01: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 514: U.N. de Ingeniería, para financiar el pago de la Tercera Armada del Convenio N° 175-2016-MINEDU suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- La Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia en el marco del Convenio N° 175-2016-MINEDU.

Artículo 4. Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación, para que efectúe las acciones que correspondan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jaime Saavedra Chanduví
Ministro de Educación

[El Peruano: 16/12/2016]



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