ANÁLISIS: Dirección y Subdirecciones de Instituciones Educativas (Fernando Gamarra Morales)



ANÁLISIS: Dirección y Subdirecciones de Instituciones Educativas (Fernando Gamarra Morales)

DIRECCIÓN Y SUBDIRECCIONES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS

El artículo 55º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, estipula que: "El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógicos, institucional y administrativo".

El D.S. Nº 011-2012-ED que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en su artículo 135º referente a la Dirección de instituciones educativas, especifica que "el director es responsable de: "a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar, de manera compartida, la gestión de la institución educativa...", es decir que la gestión debe de compartirla con los Subdirectores de Gestión Pedagógica y Administrativa, según corresponda, porque jerárquicamente son los inmediatos inferiores y que conjuntamente con el Director conforman el Órgano de Dirección de la Institución Educativa (artículo 134º).

La R.M. Nº 0091-2012-ED que aprueba el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, que tiene alcance a las instituciones educativas públicas, especifica que una de las actividades propias de los Directores de Instituciones Educativas I y II (I.E. unidocente y multigrado, e I.E. polidocente completa, respectivamente) es "b) Conducir la administración integral de la Institución Educativa que comprende los procesos de gestión institucional, pedagógica y administrativa" que como ya se mencionó, en el párrafo anterior, es una responsabilidad que debe de ser compartida con los Subdirectores.

Asimismo también indica, de manera general, como una de las actividades del SUBDIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA: "b) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades técnico pedagógico y administrativo de la institución", aquí claramente señala que hay actividades pedagógicas y actividades administrativas que deben ser asumidas por los Subdirectores.

Específicamente señala que el SUBDIRECTOR DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA tiene como una de sus actividades: "c) Coordinar, supervisar y evaluar el trabajo del personal administrativo y de servicio", no de los docentes ni del personal jerárquico.

De igual manera también establece que el SUBDIRECTOR DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA (equivalente a Subdirector de Formación General y/o Subdirector de Educación Primaria) tiene como algunas de sus actividades: "a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar, asesorar y evaluar las actividades técnico-pedagógicas, d) Conducir, supervisar y evaluar el desarrollo integral del currículo articulando las acciones académicas, de tutoría y orientación del educando y de proyección social"; entre las que tenemos por ejemplo el control del cumplimiento de las actividades pedagógicas en el aula tales como la asistencia a clases de los alumnos y profesores a través del parte de asistencia y otros.

Según la norma en mención el Auxiliar de Educación tiene como algunas de sus actividades: "a) Orientar, dirigir, controlar y evaluar el comportamiento y la disciplina de los estudiantes..., b) Colaborar y participar en las acciones educativas complementarias, c) Llevar registros de asistencia y control disciplinario de los educandos... h) Colaborar y apoyar al docente en el proceso educativo" estas y otras por ser actividades de apoyo técnico pedagógica debe de ser supervisada por el Subdirector del nivel correspondiente.

La Resolución Directoral Nº 0343-2010-ED aprueba las Normas para el Desarrollo de las Acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas en el numeral 6.4 establece las responsabilidades y funciones del Comité de Tutoría, entre las cuales está "a. Asegurar que las actividades y acciones de Tutoría y Orientación Educativa respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes". "c. Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las acciones de Tutoría y Orientación Educativa programadas en el plan de trabajo". "e. Organizar acciones de capacitación, dirigidas a estudiantes, docentes, auxiliares y padres de familia (Escuela de Padres)". Asimismo también estipula las responsabilidades del Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa, entre las cuales tenemos: "b. Velar por el cumplimiento de las funciones del Comité de Tutoría y Orientación Educativa". "c. Promover en la institución educativa el desarrollo de acciones tutoriales".

El D.S. Nº 011-2012-ED que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en su artículo 39º referente a Tutoría y Orientación Educativa, estipula: "La tutoría y orientación educativa es el acompañamiento socio afectivo y cognitivo de los estudiantes. Es un servicio inherente al currículo y tiene carácter formativo, promocional y preventivo. Son agentes de la tutoría y la orientación educativa: el tutor, los docentes, los directivos, el psicólogo (si lo hubiera), los padres de familia y los propios estudiantes. Sus actividades se cumplen en las áreas personal-social, académica, vocacional, salud corporal, emocional y mental, ayuda social y convivencia escolar. El director de la institución educativa garantiza la implementación de esta forma de acompañamiento a través del Comité de Tutoría y Orientación Educativa".

Las normas citadas en los cuatro párrafos anteriores tienen carácter imperativo, por lo que no pueden ser desconocidas, en ese sentido cada una de ellas no puede cumplirse en menoscabo de la otra por lo que se deduce que el Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa, debe de trabajar estrechamente con los Auxiliares de Educación, en coordinación con la Sub Dirección de Gestión Pedagógica del nivel correspondiente, puesto que es el Personal Directivo inmediato superior.

Este es un análisis y/o comentario, salvo mejor opinión y aporte de los lectores.

Tacna-Perú, Julio de 2014.

• Fernando Gamarra Morales.
e-mail: fer_gamarra@hotmail.com
cel: 952290888, RPM: *122826






¿QUIERES UNIRTE AL CANAL DE WHATSAPP Y RECIBIR NOTICIAS ACTUALIZADAS?
https://whatsapp.com/channel/educacionenred


Recibe directamente las noticias ingresando tu correo:

Con tecnología de Blogger.