Aprueban el Plan de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres ante sismo seguido de tsunami y caída de rocas del distrito de Chorrillos 2023-2030
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 300-2023/MDCH
Chorrillos, 5 de octubre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS;
VISTOS: El Acta Nº 05, de fecha 28 de agosto de 2023, del Equipo Técnico conformado mediante Resolución de Alcaldía Nº 297-2022-MDCH; El Informe Nº 272-2023-MDCH-GSC-SGDCGRD, de fecha 29 de agosto de 2023, emitido por la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres; El Memorándum Nº 1209-2023-MDCH-GSC, de fecha 07 de septiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; El Informe Nº 292-2023/MDCH-GPP-SGPI, de fecha 15 de septiembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Institucional; El Informe Nº 419-2023-MDCH-GPP-SGP, de fecha 14 de septiembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Presupuesto; El Memorándum Nº 468-2023-MDCH-GPP, de fecha 18 de septiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; El Informe N°345-2023-MDCH-GAJ, de fecha 03 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Proveído N°2505-2023-MDCH/GM, de fecha 05 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación del ""Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante sismo seguido de tsunami y caída de rocas del Distrito de Chorrillos 2023- 2030'', y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, preceptúa: "Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia", en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, "la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico";
Que, mediante publicación con fecha 19 de febrero de 2011, en el Diario Oficial el Peruano de la Ley Nº 29664 - se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos iesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres, estableciéndose en el numeral 5.2 del artículo 5º que las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento;
Que, el artículo 14º, numeral 14.1, de la mencionada Ley señala a los gobiernos regionales y gobiernos locales como integrantes de SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM;
Que, el numeral 39.1 del artículo 39º del Decreto Supremo N°048-2011-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los siguientes Planes:
a) Planes de prevención y reducción del riesgo de desastres.
b) Planes de preparación.
c) Planes de operaciones de emergencia.
d) Planes de educación comunitaria.
e) Planes de rehabilitación.
f) Planes de contingencia.
g) Planes de continuidad operativa.
Que, el artículo 11º, numeral 11.1, del citado Decreto Supremo, incorporan en sus procesos de planificación, de ordenamiento territorial, de gestión ambiental y de inversión pública, la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, a través del Memorándum Múltiple N°241-2023-GSC-MDCH, la Gerencia de Seguridad Ciudadana solicita a la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del riesgo de Desastres, se remita a su despacho los planes específicos debidamente aprobados y actualizados por lo dispuesto por el SINAGERD: Planes de prevención y reducción del riesgo de desastres, Planes de preparación, Planes de operaciones de emergencia, Planes de educación comunitaria, Planes de rehabilitación, Planes de contingencia y Planes de continuidad operativa;
Que, mediante el Informe Nº 107-2022-MDCH-SGDCGRD de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, se solicitó la conformación del Equipo Técnico encargado de la elaboración del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres; la misma que fue aprobada con Resolución de Alcaldía Nº 297-2022-MDCH, de fecha 08 de septiembre de 2022;
Que, con fecha 28 de agosto de 2023, se reunió el Equipo Técnico encargado de la elaboración del PPRRD, y por unanimidad de sus miembros aprobó el Plan de Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres del Distrito de Chorrillos 2023-2030; emitiéndose el Acta Nº 05.
Que, mediante Informe Nº 272-2023-GSC-SGDCGRD-MDCH, la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión de Riesgo de Desastres, remite el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Chorrillos 2023 - 2030, concluyendo que este Plan refiere la ejecución de actividades directas sobre los sectores críticos como acciones en el marco de la gestión prospectiva y correctiva de la gestión del riesgo de desastres, con la finalidad de reducir o mitigar los riesgos, y evitar la generación de nuevas condiciones de riesgo, y solicita la aprobación del Plan;
Que, mediante Memorándum Nº 1209-2023-GSC-MDCH, la Gerencia de Seguridad opina que es viable el Plan de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres 2023-2030, solicitando que se apruebe mediante acto resolutivo;
Que, mediante Memorándum Nº 468-2023-MDCH-GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable, respecto a la aprobación del Proyecto del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante sismo seguido de tsunami y caída de rocas del Distrito de Chorrillos 2023 - 2030, y con Informe Nº 345-2023-MDCH/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite su opinión legal, concluyendo que es viable la aprobación del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante sismo seguido de tsunami y caída de rocas del Distrito de Chorrillos 2023-2030, mediante Resolución de alcaldía;
Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, La Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento, así como lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, aprobado por la Ordenanza N°423-MDCH, y con la visación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES-PPRRD ANTE SISMO SEGUIDO DE TSUNAMI Y CAIDA DE ROCAS DEL DISTRITO DE CHORRILLOS 2023-2030; el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres remitir el Plan aprobado en el artículo primero, en versión física y digital, asimismo remitir una copia de la presente Resolución, al CENEPRED y a la Presidencia del Concejo de Ministros, en calidad de órgano rector del SINAGERD.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como su difusión del PPRRD del Distrito de Chorrillos 2023-2030, ante las entidades públicas y privadas vinculadas a la Gestión del Riesgo de Desastres.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Gerencia de Informática y Tecnología, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe), y a la Secretaría General la publicación en el Diario el Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO E. VELASCO HUAMÁN
Alcalde
[El Peruano: 20/02/2024]
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