Acuerdo del Pleno (06/02/2024).- Conceden plazo único e improrrogable a las organizaciones políticas que participan en las Elecciones Municipales Complementarias 2024, para el registro de sus solicitudes de inscripción de listas de candidatos - JNE



Acuerdo del Pleno (06/02/2024).- Conceden plazo único e improrrogable a las organizaciones políticas que participan en las Elecciones Municipales Complementarias 2024, para el registro de sus solicitudes de inscripción de listas de candidatos - JNE
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Conceden plazo único e improrrogable a las organizaciones políticas que participan en las Elecciones Municipales Complementarias 2024, para el registro de sus solicitudes de inscripción de listas de candidatos

ACUERDO DEL PLENO
(06/02/2024)


VISTO: El Informe N.º 00057-2024-DRET/JNE, emitido en la fecha, por el director (e) de la Dirección de Registros, Estadística y Desarrollo Tecnológico, dando cuenta de la interrupción de suministro de energía eléctrica en el local del Jurado Nacional de Elecciones, sede de jirón Lampa, distrito de Lima.

La Convención Americana de Derechos Humanos establece en su artículo 23 que todos los ciudadanos deben gozar del derecho y oportunidad a participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, así como al ejercicio del derecho de sufragio en su vertiente activa (elegir) y pasiva (ser elegido).

En esa línea, nuestra Constitución Política, en el numeral 17 de su artículo 2, así como en su artículo 31, establecen el derecho a la participación política en forma individual o asociada; por lo que, en el marco de un proceso electoral, los ciudadanos canalizan el ejercicio de su derecho a ser elegidos a través de las organizaciones políticas que actúan como pilares del sistema democrático.

Por otra parte, el artículo 177 de la Carta Magna establece que el Jurado Nacional de Elecciones, conformante del Sistema Electoral, actúa con autonomía, de acuerdo con sus atribuciones.

En concordancia, el artículo 1 de la Ley N.º 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, LOJNE), prescribe que este es un organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público encargado de administrar justicia en materia electoral; de fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, así como de la elaboración de los padrones electorales; de mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas, y demás facultades a que se refieren la Constitución y las leyes. Por ello, el literal l de su artículo 5 determina como parte de su competencia el dictar las resoluciones y la reglamentación necesarias para su funcionamiento, entre ellas, las reglas que rigen cada etapa del proceso de elección.

Mediante el Decreto Supremo N.º 097-2023-PCM1, la Presidenta de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2024 (en adelante, EMC2024) para el domingo 26 de mayo de 2024, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales en los distritos que se detallan a continuación:

DEPARTAMENTOPROVINCIADISTRITO
1CAJAMARCACHOTAPION
2CAJAMARCASANTA CRUZNINABAMBA

En el ejercicio de las atribuciones detalladas, con la Resolución N.º 134-2023-JNE, este Supremo Tribunal Electoral aprobó el cronograma electoral aplicable a las EMC2024, en el que se advierte como fecha límite para la presentación de solicitudes de inscripción de listas de candidatos, ante el Jurado Electoral Especial de Cajamarca, el 6 de febrero de 2024.

Ahora bien, por medio del Informe N.º 00057-2024-DRET/JNE, emitido en la fecha, la Dirección de Registros, Estadística y Desarrollo Tecnológico comunicó que a partir de las 16:15 horas, aproximadamente, del lunes 5 de febrero de 2024, se reportaron fallas en el suministro eléctrico que abastece de energía la sede del Jurado Nacional de Elecciones ubicada en el jirón Lampa, distrito de Lima. Estas fallas en el suministro de energía se han producido inclusive hasta el día de hoy, martes 6 de febrero de 2024, con la consecuente afectación de la continuidad de ciertos servicios como los sistemas Declara y SIJE, los cuales son necesarios para que las organizaciones políticas registren las Declaraciones Juradas de Hoja de Vida de los candidatos y presenten las solicitudes de inscripción.

Es importante precisar que el incidente descrito constituye un caso fortuito, cuyo origen y solución son ajenos a la gestión de los sistemas del Jurado Nacional de Elecciones, pues obedecen a circunstancias técnicas producidas en los exteriores de la sede institucional, no obstante lo cual, se han adoptado las medidas administrativas pertinentes para superar el hecho.

Al producirse tales fallas de energía, coincidentemente en el hito de cierre de solicitudes de inscripción de listas de candidatos para las EMC2024 resulta necesario tomar medidas inmediatas respecto del proceso electoral y comunicarlas a las organizaciones políticas participantes.

Por ello, en aras de salvaguardar el derecho de ser elegidos de los candidatos ganadores de elecciones internas por cada organización política, corresponde conceder excepcionalmente a estas instituciones el plazo adicional e improrrogable de 24 horas, computadas desde las 00:00 horas del 7 de febrero de 2024, hasta las 23:59 horas del mismo día, mes y año.

Por lo tanto, el Pleno del Supremo Tribunal Electoral, en uso de sus atribuciones,

ACUERDA

1. CONCEDER, excepcionalmente, el plazo único e improrrogable de 24 horas, computados desde las 00:00 horas del 7 de febrero de 2024, hasta las 23:59 horas del mismo día, mes y año, a las organizaciones políticas que participan en las Elecciones Municipales Complementarias 2024, para el registro de sus solicitudes de inscripción de listas de candidatos.

2. DISPONER la publicación del presente acuerdo en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

3. NOTIFICAR el presente acuerdo a las organizaciones políticas que participaron en las elecciones internas del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SALAS ARENAS

MAISCH MOLINA

RAMÍREZ CHÁVARRY

SANJINEZ SALAZAR

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General (e)

1 Publicado el 16 de agosto de 2023 en el diario oficial El Peruano.

[El Peruano: 07/02/2024]



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