D. S. Nº 213-2023-EF.- Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de Sierra y Selva Exportadora



D. S. Nº 213-2023-EF.- Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de Sierra y Selva Exportadora
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de Sierra y Selva Exportadora

DECRETO SUPREMO Nº 213-2023-EF


LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con el fin de financiar la implementación de políticas públicas, autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2023, a los Ministerios y a las entidades que pertenecen a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, no siendo aplicable a recursos que son materia de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional reguladas por la Ley Nº 31638;

Que, mediante el Oficio Nº 1554-2023-MIDAGRI-SG, complementado con los Oficios Nº 0941-2023-MIDAGRI-SG/OGPP y Nº 1127-2023-MIDAGRI-SG/OGPP, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 566 955,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), entre pliegos del Sector Agrario y Riego, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 018: Sierra y Selva Exportadora, para financiar la continuidad de las inversiones "Adquisición de Camioneta; en el(la) Sedes Desconcentradas de Sierra y Selva Exportadora, Multidistrital, Multiprovincial, Multidepartamental", con CUI Nº 2458663, y "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Apoyo al Desarrollo Comercial de los Productores de Palta en el Valle de Torobamba del Distrito de San Miguel - Provincia de La Mar - Departamento de Ayacucho", con CUI Nº 2511633, que contribuyen al desarrollo del Programa de fortalecimiento de capacidades en gestión empresarial, comercial y productiva para los productores agrarios familiares (en transición y consolidados) y empresariales alineado al Objetivo Prioritario 1. "Incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor" de la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 216-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto y los Informes Nº 339-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI, Nº 431-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI y Nº 485-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando Nº 0472-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 0304-2023-EF/63.04 de la Dirección de Gestión de Inversiones, en el cual señala que se cuenta con el pronunciamiento de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con relación a los alcances indicados en el párrafo 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF respecto a la inversión de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) con CUI Nº 2458663 y al proyecto de inversión con CUI Nº 2511633. Asimismo, indica que, según la información registrada en el Banco de Inversiones, las referidas inversiones no presentan comentarios;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 566 955,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a favor de la Sierra y Selva Exportadora, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto


Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 566 955,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Sierra y Selva Exportadora, para financiar la continuidad de la ejecución de dos (02) inversiones, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 013 : Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

UNIDAD EJECUTORA 035 : Gestión de Proyectos Sectoriales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0121 : Mejora de la articulación de pequeños productores al mercado

PROYECTO 2250051 : Mejoramiento del Sistema de Información Estadística Agraria y del Servicio de Información Agraria para el Desarrollo Rural del Perú

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 566 955,00

===========

TOTAL EGRESOS 1 566 955,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 018 : Sierra y Selva Exportadora

UNIDAD EJECUTORA 001 : Sierra y Selva Exportadora

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0121 : Mejora de la articulación de pequeños productores al mercado

PROYECTO 2458663 : Adquisición de Camioneta; en el(la) Sedes Desconcentradas de Sierra y Selva Exportadora, Multidistrital, Multiprovincial, Multidepartamental

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 909 634,00

PROYECTO 2511633 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Apoyo al Desarrollo Comercial de los Productores de Palta en el Valle de Torobamba del Distrito de San Miguel - Provincia de La Mar - Departamento de Ayacucho

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 657 321,00

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TOTAL EGRESOS 1 566 955,000

===========

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional

2.1
Los Titulares del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas

[El Peruano: 01/10/2023]



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