Los módulos que se instalarán para la escuela temporal albergarán a la comunidad educativa por un periodo de 12 a 18 meses y asegurarán la continuidad del servicio educativo presencial mientras se construye la moderna infraestructura de la Escuela Bicentenario al frente del parque.
Para definir el espacio temporal que ocuparán los estudiantes de la IE 126 Javier Pérez de Cuéllar se realizaron gestiones entre la UGEL 05 y la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, institución que cedió el mencionado terreno, ubicado en la Urb. La Huayrona, mediante Acuerdo del Concejo N° 022-2021-CM/MDSJL del 25 de agosto de 2021.
El proyecto de infraestructura integral comprende el diseño y la construcción de escuelas temporales, la obra definitiva, así como mobiliario y equipamiento. Actualmente, el proyecto se encuentra en la fase de ejecución de la escuela temporal, que implica la instalación de 28 módulos prefabricados, cerco perimétrico, servicios de agua, desagüe, energía eléctrica y comunicaciones.
El proyecto de nueva infraestructura de la IE 126 Javier Pérez de Cuéllar demanda una inversión de S/ 93 976 104 y beneficiará a 1230 alumnos de primaria y secundaria con modernas aulas, espacios educativos seguros y obras exteriores que contribuyen al paisaje.
Al culminar la ejecución de la obra, se procederá a desinstalar los módulos temporales y se entregará el espacio a la Municipalidad de San Juan de Lurigancho tal y como fue recibido. Sin embargo, si la municipalidad lo solicita, se le hará entrega parcial o total de los módulos educativos, servicios higiénicos y el módulo de seguridad.
El martes 4 de julio, en una reunión convocada por el Fiscal de Prevención de Delito sede Lima Este, se instaló una mesa técnica de trabajo en la que el representante del grupo de vecinos que se oponen al proyecto no pudo demostrar la titularidad o posesión del parque N° 1 "Solidaridad" a favor de la Cooperativa La Huayrona.
Asimismo, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho reafirmó en la reunión la suscripción del convenio de sesión del espacio temporal. A su turno, el representante de la Defensoría del Pueblo indicó que la organización de un comité vecinal no tiene la facultad de disponer de bienes públicos.
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