Dicha modificación dispone incorporar un párrafo en los artículos 59, 62 y 63 a fin de establecer la oportunidad de pago de la Asignación por Tiempo de Servicios, el subsidio por luto y sepelio y la Compensación por Tiempo de Servicios.
Con ello, se establece que los beneficios de Asignación por Tiempo de Servicios son otorgados, mediante el acto resolutivo correspondiente, en el mes en el que el profesor cumpla los 25 o 30 años de servicios.
Dicha asignación se realizará de acuerdo al informe escalafonario, cuyo pago se efectivizará, como máximo, en el mes siguiente de emitido dicho acto resolutivo.
Asimismo, se precisa que el subsidio por luto y sepelio es otorgado dentro de los 30 días calendarios posteriores a la presentación de la solicitud, cuyo pago se efectivizará, como máximo, en el mes siguiente de emitido dicho acto resolutivo.
Finalmente, se dispone que la Compensación por Tiempo de Servicios sea otorgada, mediante el acto resolutivo correspondiente, en el mes del cese del docente de la Carrera Pública Magisterial.
En ese sentido, el pago se efectivizará, como máximo, en el mes siguiente de emitido dicho acto resolutivo.
La presidenta de la Comisión, Gladys Echaíz (RP), destacó la importancia de establecer mecanismos adecuados que permitan el pago oportuno de los beneficios de la Carrera Pública Magisterial, en favor de los profesores.
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