El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) habilitó la línea gratuita 101 y la página web bonoalimentario.gob.pe para el acceso a los beneficiarios del Bono Alimentario, el cual está dirigido a más de 4.2 millones de ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema.
Ello de acuerdo con el Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares que administra el Midis.
Ingresa a la página web bonoalimentario.gob.pe y mira si eres beneficiario de este subsidio. Para ello debes tener a la mano tu Documento Nacional de Identidad (DNI).
La línea gratuita 101 del Midis atenderá de lunes a sábado de 8:30 a. m. a 5:30 p. m. (incluyendo feriados y días no laborables).
Asimismo, para evitar las estafas, el Midis hace un llamado a los ciudadanos para que consulten solo los medios oficiales y no acudan a tramitadores, no compartan información personal y además no acepten ayuda en grupos de redes sociales ni consulten otras páginas de dudosa procedencia.
Beneficiarios
El Bono Alimentario es un subsidio monetario individual que otorga el Gobierno de forma excepcional y por única vez a personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad económica en todo el país, ante el incremento de precios de los alimentos.
A través de este bono, se dará cobertura a 2 millones 559,850 hogares de todo el país, incluyendo a los usuarios y usuarias de los programas sociales como Juntos, Pensión 65 y Contigo que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley 31538.
Adicionalmente, se beneficiará a las familias que no figuren en los registros de la planilla pública y privada, a excepción de los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa, así como los hogares cuyos ingresos no superen los 1,025 soles.
Cobro autorizado
Cabe indicar que ayer el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social informó que aprobó el procedimiento que autoriza el cobro por tercero autorizado, mediante el artículo 22 del Bono Alimentario (Ley n.° 31538) otorgado por el programa Pensión 65.
Con esto se permitirá viabilizar la entrega del referido subsidio de 270 soles a aquellos ciudadanos beneficiarios que presenten alguna discapacidad propia de su edad que impida su desplazamiento o que por diferentes motivos no puedan hacer efectivo el cobro, siempre y cuando estén considerados en los padrones aprobados por el Midis.
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