El pasado 25 de mayo, la autógrafa de ley fue enviada al Despacho Presidencial. Según el artículo 108° de la Constitución, el jefe de Estado tiene 15 días hábiles para observarla, siendo que este plazo vence hoy, 15 de junio.
En caso el presidente no realice observaciones a la autógrafa, podrá ser promulgada por la presidenta del Congreso de la República o la presidencia de la Comisión Permanente, según corresponda.
"Si vencido el término de quince días, el Presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga el Presidente del Congreso", establece el artículo 80° del Reglamento del Congreso.
Sin embargo, si el mandatario decide observar la autógrafa de ley, esta regresará al Congreso para ser sometida nuevamente a votación. En este caso, es posible que a la norma se le incorporen las observaciones de Ejecutivo y así puede ser aprobada (66 votos o más) o rechazada en el pleno. No obstante, el parlamento también puede aprobar la ley por insistencia (sin considerar las observaciones).
¿En qué consiste el proyecto 904?
El dictamen, aprobado por mayoría en el pleno del Congreso a inicios de mayo, dispone la obligación de que los padres de familia participen en la elaboración de materiales educativos. Es decir, esto dejaría abierta la posibilidad de que sectores conservadores puedan intervenir en este proceso:
"Los representantes de las APAFA, comités, asociaciones civiles u otras instancias de representación inscritas (...) designarán a los representantes que participarán en el proceso de elaboración del contenido de materiales, textos y recursos educativos conforme al procedimiento que se establezca en el respectivo reglamento."
Actualmente es el Ministerio de Educación la entidad a cargo de elaborar el contenido de los materiales educativos bajo el enfoque de género, el cual está incluido en el Currículo Nacional de Educación Básica.
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