TOQUE DE QUEDA: Gobierno prorroga por 30 días el estado de emergencia nacional por el covid-19



TOQUE DE QUEDA: Gobierno prorroga por 30 días el estado de emergencia nacional por el covid-19
MINISTERIO DE SALUD DEBERÁ PRSENTAR A LA PCM LA PROPUESTA DE NUEVAS MEDIDAS QUE DEBE SEGUIR LA CIUDADANÍA: El Gobierno amplió por el plazo de 30 días calendario, a partir del miércoles 1 de setiembre de 2021, el estado de emergencia nacional ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del covid-19.

La medida se oficializó mediante Decreto Supremo Nº 149-2021-PCM, publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Durante la vigencia de la norma queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política.

Asimismo, dispone que el personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia nacional, conforme a la normativa vigente.

Hasta el 5 de setiembre de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas.

Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas.

Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud y otros considerados dentro de la norma.

Se dispone también que en el plazo máximo de 10 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo, el Ministerio de Salud presentará a la PCM la propuesta de nuevas medidas que debe seguir la ciudadanía ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.







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