El Gobierno peruano ha dispuesto una serie de medidas focalizadas para enfrentar la segunda ola de la pandemia del coronavirus en el Perú. Estas restricciones entrarán en vigencia desde el lunes 10 hasta el domingo 30 de mayo, de acuerdo al nivel de alerta sanitaria en el que esté cada provincia.
En las nuevas disposiciones se estableció que 33 provincias del país estarán en el nivel de riesgo extremo. Mientras que 155 provincias pasarán al nivel de riesgo muy alto, incluidas Lima Metropolitana y el Callao. Finalmente, 8 localidades estarán en el nivel alto.
En ese sentido, el Gobierno estableció medidas restrictivas según el nivel de alerta en cada provincia que se deben cumplir obligatoriamente. A continuación, te contamos qué está permitido hacer y qué no según el Decreto Supremo N° 092-2021-PCM.
QUÉ PUEDES HACER Y QUÉ NO DEL 17 AL 23 DE MAYO SEGÚN TU NIVEL DE ALERTA
PROVINCIAS CON NIVEL DE ALERTA EXTREMO:
Las provincias que se encuentran en nivel de alerta extremo: Áncash (Huarmey), Apurímac (Abancay, Chincheros y Grau), Arequipa (Islay), Ayacucho (Huamanga, Huanta y La Mar), Cajamarca (Hualgayoc), Cusco (Cusco, Anta, Canchis), Huancavelica (Tayacaja), Huánuco (Ambo y Leoncio Prado), Ica (Chincha), Junín (Concepción, Chanchamayo, Jauja, Satipo, Tarma y Yauli), La Libertad (Virú), Lambayeque (Chiclayo y Lambayeque), Madre de Dios (Tambopata), Pasco (Oxapampa), Puno (Puno, Melgar, San Román y Yunguyo) y San Martín (Bellavista y Lamas).
HORARIO TOQUE DE QUEDA:
• De lunes a sábado el toque de queda (inmovilización social obligatoria) será de 9:00 pm. a 4:00 am. del día siguiente.
• Los domingos la inmovilización social obligatoria será durante las 24 horas. No se puede salir.
• Restricción de vehículos particulares: domingos todo el día.
NO ESTÁ PERMITIDO:
• Uso de playas.
• Reuniones en espacios abiertos y cerrados.
• Eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.
SÍ ESTÁ PERMITIDO:
• Establecimientos comerciales deben cerrar tres horas antes del inicio del toque de queda.
• Transporte interprovincial terrestre: se permite con un aforo del 50% al 100%, según las disposiciones para viajes interprovinciales terrestres durante la emergencia nacional.
Aforos permitidos en espacios cerrados:
• Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20%.
• Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 20%.
• Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 40%.
• Restaurantes y afines en zonas internas con ventilación: 30%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
• Templos y lugares de culto: 20%.
• Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y otros: 30%
• Artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas): 20%.
• Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 30%.
• Peluquerías, spa, barberías y afines (con ventilación): 40% previa cita.
• Bancos y otras entidades financieras: 40%.
• Delivery de farmacias y boticas: las 24 horas.
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