Cancelan, por causal de muerte, el Título de Notario del distrito de Paucartambo, provincia de Paucartambo, departamento del Cusco, Distrito Notarial del Cusco y Madre de Dios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0299-2020-JUS
Lima, 4 de diciembre de 2020
VISTOS, el Informe Nº 90-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el Oficio N° 850-2020-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 918-2020-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 427-2005-JUS, de fecha 04 de noviembre de 2005, se nombró al señor JOSÉ FERNANDO RUEDA ÁLVAREZ como notario del distrito de Paucartambo, provincia de Paucartambo, departamento del Cusco, Distrito Notarial del Cusco y Madre de Dios;
Que, mediante Oficio N° 0334-2020-CNCMD/D, el Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios comunicó al Consejo del Notariado el fallecimiento del señor JOSÉ FERNANDO RUEDA ÁLVAREZ, acaecido el día 22 de setiembre de 2020, solicitando la cancelación de su título de notario;
Que, mediante Oficio N° 850-2020-JUS/CN, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe N° 90-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fin de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título de notario del señor JOSÉ FERNANDO RUEDA ÁLVAREZ;
Que, de la documentación remitida por la Presidencia del Consejo del Notariado obran las copias del Acta de Defunción del señor JOSÉ FERNANDO RUEDA ÁLVAREZ; de la Resolución N° 068-2020-CNCMD, a través de la cual se dispuso nombrar al Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios como administrador de los archivos notariales del notario fallecido, el cierre de registros y la recepción de archivos notariales; los últimos instrumentos notariales; y, las actas de cierre de los registros;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Cancelar, por causal de muerte, el Título de Notario del distrito de Paucartambo, provincia de Paucartambo, departamento del Cusco, Distrito Notarial del Cusco y Madre de Dios, otorgado al señor JOSÉ FERNANDO RUEDA ÁLVAREZ.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios, para los fines que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO VEGA LUNA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
[El Peruano: 07/12/2020]
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