DECRETO N° 002-2020-2021-P/CR.- Decreto de Ampliación de la Convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020-2021



DECRETO N° 002-2020-2021-P/CR.- Decreto de Ampliación de la Convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020-2021
CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Decreto de Ampliación de la Convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020-2021

DECRETO DE PRESIDENCIA N° 002-2020-2021-P/CR


LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento del Congreso de la República establece que el Congreso de la República elegido para completar el Período Parlamentario 2016-2021 desarrollará sus funciones en tres períodos ordinarios de sesiones o legislaturas;

Que, según el inciso b) de la norma reglamentaria citada, la Segunda Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020-2021 culmina el 18 de diciembre de 2020;

Que, durante el receso parlamentario funciona la Comisión Permanente del Congreso, cuyas funciones son establecidas por los artículos 99, 100 y 101 de la Constitución Política del Perú;

Que, sin perjuicio de lo antes señalado, hay asuntos que no pueden ser delegados a la Comisión Permanente, debiendo ser abordados exclusivamente por el Pleno del Congreso; y

EJERCIENDO la facultad de ampliación de la convocatoria de las Legislaturas Ordinarias, prevista en el último párrafo del artículo 49 del Reglamento del Congreso de la República.

DECRETA:

Amplíase la convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020-2021 hasta el 19 de diciembre de 2020, con la finalidad de que el Pleno del Congreso de la República se reúna para tratar los siguientes temas:

1. La delegación de facultades legislativas a la Comisión Permanente del Congreso.

2. Propuesta legislativa de la Comisión multipartidaria encargada de realizar las coordinaciones con los distintos actores, sectores involucrados y el Poder Ejecutivo; a fin de elaborar una iniciativa legislativa sobre la nueva ley general del régimen agrario en un plazo de quince días calendario.

3. Proyectos de ley 3469 y 5509, se propone modificar el artículo 16 de la Constitución Política del Perú con el fin de fortalecer el sector educación.

Dado en Lima, en el Palacio del Congreso de la República, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil veinte.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN
Presidenta a. i. del Congreso de la República

[El Peruano: 18/12/2020]






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