Designan Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 214-2020-MINEDU
Lima, 10 de noviembre de 2020
VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2020-INT-0102049, el Informe N° 00149-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe N° 01175-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;
Que, mediante la Ley N° 29649, modificada por el Decreto de Urgencia N° 036-2019, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto y constituye pliego presupuestal;
Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, entre otras, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo provisto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, con Resolución Viceministerial N° 034-2020-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, quedando integrada de la siguiente manera: MILAGRO ROSARIO HENRIQUEZ SUAREZ como Presidenta, FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN como Vicepresidente Académico y GLADYS BERNARDITA LEON MONTOYA como Vicepresidenta de Investigación;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 054-2020-MINEDU, se da por concluida la designación de la señora GLADYS BERNARDITA LEON MONTOYA, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, y se designa en el citado cargo al señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que "la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción";
Que, mediante Carta de fecha 28 de febrero de 2020 el señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG presenta su renuncia al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas;
Que, mediante Oficio N° 00700-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00149-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, a través del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone: i) Aceptar la renuncia del señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG al cargo de Vicepresidente de Investigación, con efectividad al 28 de febrero de 2020, ii) Designar al señor HUGO ALFREDO HUAMANÍ YUPANQUI, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Ley N° 29649, modificada por el Decreto de Urgencia N° 036-2019, que crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, con eficacia anticipada al 28 de febrero de 2020.
Artículo 2.- Designar al señor HUGO ALFREDO HUAMANÍ YUPANQUI en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas.
Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un informe sobre el estado situacional y copia del informe de entrega de cargo presentado por el miembro saliente de la Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS
Viceministra de Gestión Pedagógica
[El Peruano: 12/11/2020]
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