Con este objetivo, a través de la Resolución Jefatural N°310-2020, la ONPE aprobó y publicó el martes 29 de setiembre el reglamento de los citados comicios, en el cual se establece que las mesas de sufragio comenzarán a funcionar a partir de las 7:00 de la mañana y las votaciones finalizan a las 7:00 de la noche.
Asimismo, se fija que los locales de votación serán definidos por la ONPE y se tendrá en cuenta los protocolos de seguridad sanitaria, y serán publicados en los locales partidarios y los portales electrónicos del organismo electoral y de las respectivas organizaciones políticas.
Igualmente, el reglamento puntualiza que las mesas de sufragio no podrán superar los 800 electores y electoras, y deberán garantizar todas las medidas de control establecidas en los protocolos sanitarios.
La norma recuerda que hay dos modalidades de elecciones internas, a) elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directas y secretas de las afiliadas y los afiliados y b) elecciones a través de las delegadas y los delegados, conforme lo disponga el estatuto. Dichas delegadas y delegados previamente debe haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de las afiliadas y los afiliados.
Según el Jurado Nacional de Elecciones, la elección de candidatos y/o delegados por parte de afiliados fue fijada para el 29 de noviembre del 2020 y la elección para candidatos por delegados para el 6 de diciembre del presente año, según el Jurado Nacional de Elecciones. La fecha máxima para la publicación de resultados de cada organización política por circunscripción electoral será el 9 de diciembre.
De acuerdo con el reglamento de la ONPE, están sujetas a elecciones internas las candidaturas a los siguientes cargos: a) Fórmula presidencial: Presidente y dos vicepresidentes, b) representantes ante el Congreso de la República y c) Representantes ante el Parlamento Andino.
El organismo electoral detalla también en la disposición que todos los candidatos que quieran participar en las elecciones internas deben contar con afiliación a la organización política por la que deseen postular y haber registrado dicha afiliación en el ROP del JNE, como máximo hasta el 30 de setiembre del 2020.
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