RES. N° 38-2020-PGE/PG.- Aprueban el «Protocolo sobre medidas para el funcionamiento de las procuradurías públicas a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio»



RES. N° 38-2020-PGE/PG.- Aprueban el «Protocolo sobre medidas para el funcionamiento de las procuradurías públicas a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio»

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Aprueban el "Protocolo sobre medidas para el funcionamiento de las procuradurías públicas a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio"

RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO N° 38-2020-PGE/PG


Lima, 22 de julio del 2020

VISTO:

El Informe Técnico y el Acta N° 7-2020-PGE del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado sobre la "Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtual)", llevada a cabo el treinta de junio del año dos mil veinte, en la cual se acordó por unanimidad, la aprobación del "Protocolo sobre medidas para el funcionamiento de las procuradurías públicas a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio";

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 18-2019-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la finalidad de optimizar el Sistema, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en beneficio de los intereses del Estado;

Que conforme a lo dispuesto en el numeral 14.1 del artículo 14 del mencionado decreto legislativo, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado;

Que el numeral 4 del artículo 19 del referido decreto legislativo, señala que son funciones del Procurador General del Estado, entre otras, emitir las resoluciones que contengan las normas, los lineamientos y las disposiciones generales del Sistema, aprobadas por el Consejo Directivo;

Que acorde a lo contemplado en los numerales 4 y 9 del artículo 4 del citado Reglamento, son funciones de la Procuraduría General del Estado, entre otras, velar por el eficiente ejercicio de la defensa jurídica del Estado, aplicando los mecanismos que sean necesarios para ello y dentro del ámbito de sus competencias, así como establecer lineamientos, protocolos y registros que coadyuven a una eficiente defensa jurídica del Estado;

Que conforme al numeral 9.4 del artículo 9 del mencionado Reglamento, los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo, en caso se disponga, son formalizados por resolución del Procurador General del Estado y publicados en el portal institucional; asimismo, el numeral 10.1 del artículo 10 prescribe que los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo en el ámbito de su competencia y jerarquía son normativos, cuando aprueban normas, directivas, lineamientos o protocolos;

Que mediante Resolución Ministerial N° 55-2020-TR, con fecha 6 de marzo del 2020 el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba la Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral, la misma que proporciona información relevante para que las entidades implementen medidas de prevención ante el COVID-19 en los centros de labores, así como medidas sobre organización del trabajo que se encuentren previstas en el ordenamiento jurídico vigente;

Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 8-2020-SA, de fecha 11 de marzo del 2020, se declaró la "Emergencia Sanitaria" a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control del COVID-19. El numeral 2.1.5 del artículo 2 de la referida norma establece que todos los centros laborales públicos y privados deben adoptar medidas de prevención y control sanitario para evitar la propagación del COVID-19 en el territorio nacional, la cual ha sido prorrogada a partir del 10 de junio del 2020 hasta por un plazo de noventa (90) días calendario, conforme al artículo 1 del Decreto Supremo N° 20-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 116-2020-PCM de fecha 26 de junio del 2020, se establecen las medidas que debe observar la ciudadanía en la "nueva convivencia social" y se prorroga el estado de emergencia nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 44-2020-PCM, y sus ampliaciones respectivas, el cual rige a partir del 1 al 31 de julio del 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;

Que las procuradurías públicas son los órganos especializados responsables de asumir la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado, con vinculación en el ámbito funcional con la Procuraduría General del Estado; en tal sentido, resulta necesaria la emisión de un protocolo que establezca medidas para su asegurar su operatividad a nivel nacional, en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 18-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar el "Protocolo sobre medidas para el funcionamiento de las procuradurías públicas a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio", que en anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y difundir el "Protocolo sobre medidas para el funcionamiento de las procuradurías públicas a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria nacional a consecuencia del COVID-19 y posterior levantamiento del aislamiento social obligatorio", en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (https://cdje.minjus.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese

DANIEL SORIA LUJAN
Procurador General del Estado

[El Peruano: 01/08/2020]





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