PARA LA APLICACIÓN DE PRUEBAS, LAS EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A SEGUIR LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 448-2020: Si sale positivo a la prueba se le otorgará descanso médico y se deberá realizar una evaluación clínica para determinar el tiempo de cuarentena.
Este mes miles de trabajadores regresarán a sus centros de labores como parte de la reactivación económica y la nueva normalidad, tras más de 107 días de paralización.
Para ello las empresas deberán seguir una serie de lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial N° 448-2020.
Entre las medidas se incluye la aplicación de pruebas serológicas o moleculares, pero, ¿a quiénes se les debe aplicar?
De acuerdo con la nueva resolución se establece que la empresa solo está obligada a aplicar las pruebas de descarte al personal considerado de alto y muy alto riesgo.
Los niveles de riesgo se determinan según la jerarquía establecida en el artículo 21 de la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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