El Ministerio de Educación - MINEDU, señala que los docentes que pidan dejar sin efecto una licencia sin goce de remuneraciones antes del periodo solicitado no podrán regresar a sus plazas de origen. Esto sucede en el caso de que las plazas se encuentren ocupadas por un contrato docente.
No es posible la reincorporación porque se estaría vulnerando lo dispuesto en el literal a) del artículo 18 del Decreto de Urgencia N° 026-2020. La mencionada norma establece como obligación del empleador no afectar la naturaleza del vínculo laboral, la remuneración y demás condiciones económicas, salvo aquellas que por su naturaleza se encuentren necesariamente vinculadas a la asistencia al centro de trabajo o cuando favorezcan al trabajador.
REINCORPORACIÓN A PLAZA
El docente podrá reincorporarse a su plaza de origen únicamente si se encontrara vacante. En ese caso, el docente tiene que presentar una solicitud al director de la institución educativa. Después el directivo comunicará a la respectiva UGEL la reincorporación del profesor especificando que la plaza está vacante.
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