R. VM. N° 005-2020-EF/15.01.- Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF



R. VM. N° 005-2020-EF/15.01.- Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 005-2020-EF/15.01


Lima, 25 de mayo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo;

Que, a través del Decreto Supremo N° 055-2016-EF que modifica el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se varía la regulación contenida en los artículos 2, 4 y 7, así como los Anexos II y III de dicha norma;

Que, mediante Decreto Supremo N° 199-2019-EF se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos y se dispone que tengan vigencia del 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020; asimismo en el citado decreto supremo se establece que la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz aprobada por el Decreto Supremo N° 152-2018-EF, tenga vigencia hasta el 30 de junio de 2020;

Que, de acuerdo a los artículos 4 y 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publican los precios de referencia así como los derechos variables adicionales;

Que, en ese sentido corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 30 de abril de 2020 y los derechos variables adicionales respectivos;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.-
Apruébanse los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF:

PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES

(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)

US$ por T.M.


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Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo

---------------------------------------------------------------------------------------------------

Precios de Referencia 154 331 520 3 228

Derechos Variables

Adicionales 16 58 64 (arroz cáscara)

92 (arroz pilado) 0

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO ARROSPIDE MEDINA
Viceministro de Economía

[El Peruano: 26/05/2020]





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