RES. Nº 018-2020-SERVIR/PE.- Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el Lineamiento para el nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del D.Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público



RES. Nº 018-2020-SERVIR/PE.- Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el Lineamiento para el nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del D.Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el Lineamiento para el nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del D.Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 018-2020-SERVIR/PE


Lima, 28 de febrero de 2020

Visto; el Informe Técnico Nº 000247-2020-SERVIR/GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil;

CONSIDERANDO:

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 016-2020, que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, autorizó excepcionalmente el nombramiento del personal administrativo contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 que, al 31 de diciembre de 2019, ocupa plaza orgánica presupuestada por un periodo no menor de tres (3) años consecutivos o cuatro (4) años alternados, previa verificación del cumplimiento de los perfiles establecidos por la normatividad pertinente para cada plaza, siempre que la entidad no haya aprobado su Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) en el marco de la Ley Nº 30057, y se registra en el AIRHSP, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas; para lo cual, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) emite los lineamientos para la aplicación de lo establecido en la presente disposición, dentro de un plazo de treinta (30) días calendario de publicado el presente Decreto de Urgencia;

Que, el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - Ley Nº 29158, establece que los Sistemas están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico - normativa a nivel nacional; dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de dicha Ley, las leyes especiales y disposiciones complementarias;

Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1023, prescribe que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, de acuerdo con el artículo 6 y el literal a) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, en su condición de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerce la atribución normativa, la cual comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado;

Que, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil a través del Informe Técnico Nº 000247-2020-SERVIR/GPGSC propone el Lineamiento para el proceso de nombramiento del personal contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, indicando que su objetivo es precisar los alcances de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 16-2020, así como establecer los requisitos, condiciones, plazos y procedimientos que las entidades públicas deberán observar para realizar sus respectivos procesos de nombramiento del personal administrativo contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276;

Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión Nº 06-2020, del 20 de febrero de 2020, aprobó la propuesta de Lineamiento formulada por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo;

Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023; el Decreto de Urgencia Nº 016-2020, que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008- PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.-
Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el "Lineamiento para el nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público", que en anexo forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y, de la presente Resolución y su anexo en el Portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ
Presidente Ejecutivo

[El Peruano: 04/03/2020]






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