MINEDU: ¿Cuántas horas pedagógicas mínimas al año deben cumplir los colegios?



MINEDU: ¿Cuántas horas pedagógicas mínimas al año deben cumplir los colegios?

El Ministerio de Educación determina que las instituciones educativas o programas deben cumplir el 100% de horas pedagógicas mínimas al año. Estas se han fijado en concordancia con las normas curriculares vigentes y son de obligatorio cumplimiento para las instituciones educativas públicas y privadas del país. El propósito es cumplir un número mayor de horas lectivas para afianzar los aprendizajes de las y los estudiantes.

CUADRO DE HORAS PEDAGÓGICAS MÍNIMAS ANUALES

Educación Básica Regular:


  • Educación inicial: 900 horas lectivas anuales.
  • Educación primaria: 1100 horas lectivas anuales.
  • Educación secundaria jornada escolar regular: 1200 horas lectivas anuales.
  • Educación secundaria jornada escolar completa: 1600 horas lectivas anuales.
  • Colegios de alto rendimiento: 2135 horas lectivas anuales.

Educación Básica Alternativa:


  • Ciclo inicial: 950 horas lectivas anuales.
  • Ciclo intermedio: 950 horas lectivas anuales.
  • Ciclo avanzado: 950 horas lectivas anuales.

Educación Básica Especial:


  • Nivel inicial: 1100 horas lectivas anuales.
  • Nivel primario: 1100 horas lectivas anuales.

SOBRE LA ASISTENCIA DEL PERSONAL Y ESTUDIANTES

Los colegios deben garantizar la asistencia y puntualidad de los estudiantes y del personal con la finalidad de que se cumplan las horas lectivas establecidas y calendarizadas. Cabe precisar que el horario de trabajo del personal se tiene que establecer en el Reglamento Interno de cada institución educativa. El director supervisará su cumplimiento y tomará medidas correctivas cuando corresponda.






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