Aprueban el listado actualizado de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas establecidas en los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 027-2020-EF/15
Lima, 17 de enero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 1275 , Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establece un marco fiscal prudente, responsable y transparente para los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas adopta medidas correctivas para los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el caso que se identifiquen alguno de los siguientes supuestos: i) el incumplimiento de las reglas fiscales establecidas en los literales a) y b) del artículo 6 del citado Decreto Legislativo, ii) el incumplimiento de la presentación al Ministerio de Economía y Finanzas de la información requerida para la elaboración del Informe establecido en el literal b) del artículo 10 del citado Decreto Legislativo, iii) el incumplimiento de la remisión al Ministerio de Economía y Finanzas del Compromiso de Ajuste Fiscal - CAF, en la forma y plazos establecidos en el Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado por el Decreto Supremo N° 162-2017-EF, o de su evaluación favorable;
Que, los numerales 7.2 y 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establecen que el listado de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas se aprueba por Resolución Ministerial, a más tardar el 15 de mayo de cada año, teniendo en cuenta la gravedad del incumplimiento detectado y la tipología de la situación fiscal de cada Gobierno Regional y Local, y que las medidas correctivas surten efecto hasta el 14 de mayo del año fiscal siguiente o hasta la publicación de la Resolución Ministerial que determine las medidas correctivas aplicables en el año fiscal siguiente;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 200-2019-EF/15 se aprobó el listado de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas establecidas en los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
Que, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobado por Decreto Supremo N° 162-2017-EF, las medidas correctivas pueden ser leves, graves o muy graves, de acuerdo a la tipología de la situación fiscal de cada Gobierno Regional y Gobierno Local;
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 031-2019, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras disposiciones, se modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, referido a la definición de Saldo de Pasivos, a fin de fortalecer el marco de responsabilidad fiscal para los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para que sea más claro y predecible;
Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 031-2019, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras disposiciones, establece la Actualización Excepcional del Informe Anual de Evaluación de Cumplimiento de Reglas Fiscales de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al 2018 de acuerdo a lo dispuesto en el citado Decreto de Urgencia, y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria dispone que, con la información de dicho informe, el Ministerio de Economía y Finanzas actualiza, de corresponder, el listado de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del citado Decreto de Urgencia;
Que, sobre la base del Informe Anual de Evaluación de Cumplimiento de Reglas Fiscales de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al 2018 actualizado, publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas el 15 de enero de 2020, resulta necesario elaborar el listado actualizado de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y sus modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, su reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 162-2017-EF, y el Decreto de Urgencia N° 031-2019, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras disposiciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del listado actualizado de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas
Apruébase el listado actualizado de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos a medidas correctivas, que se detalla en el Anexo adjunto, el cual forma parte integrante de esta Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
El Anexo adjunto a la presente Resolución Ministerial se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), y del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
[El Peruano: 19/01/2020]
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