AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y PASEOS ESCOLARES: Toda la información y requisitos aquí



AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y PASEOS ESCOLARES: Toda la información y requisitos aquí

Los directores de las instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional son los responsables de autorizar los viajes de estudio, visitas culturales, paseos de integración y participación en eventos deportivos y culturales. Siempre que se realicen en el mismo departamento donde se encuentra el colegio o en provincias colindantes que pertenezcan a otro departamento, según lo detalla la Resolución Viceministerial N° 086-2015-MINEDU.

La autorización del director será para una o más secciones o grados, pero con un mismo objetivo y proyecto de aprendizaje. El director aprobará el plan de trabajo siempre que cuente con los siguientes sustentos:

1.- Solicitud presentada por el responsable del nivel y el tutor o docente a cargo de la actividad.

2.- El Plan de Actividad considera: un proyecto de aprendizaje, un programa, la lista de los estudiantes y docentes, así como del personal de apoyo y padres de familia acompañantes.

3.- Autorización escrita firmada por lo menos por uno de los padres o el tutor legal del estudiante.

4.- Si la actividad implica salir del departamento es imprescindible la autorización de viaje de menor de edad (notarial o judicial) si viaja sin sus padres o tutor legal.

5.- El contrato con la empresa de transporte o agencia de viajes o turismo para el traslado y retorno de los estudiantes; papeles de la unidad o unidades que harán el servicio, nombre de los choferes, fotocopia legalizada de la licencia profesional del conducir y del DNI, así como el récor de papeletas emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con 24 horas de anticipación a la fecha de viaje.

6.- Copia literal de la persona jurídica emitida por Registros Públicos que acredite la existencia de la empresa y licencia municipal de funcionamiento.

7.- Verificar que la agencia de viajes o turismo se encuentre en el Directorio Nacional de las Prestaciones de Servicios Turísticos Calificados del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (imprimir la consulta web).

8.- Una declaración jurada de la empresa de transporte en donde se indique las características del servicio: tipo de asientos, servicios higiénicos de las unidades.

9.- Copia legalizada y vigente del documento que acredita que los vehículos han aprobado la revisión técnica.

10.- Copia legalizada de la póliza vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para el transporte regional y provincial. En el caso del transporte provincial se puede aceptar el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) que esté aprobado por una Afocat vigente.

11.- Constancia expedida por la Dirección Regional Sectorial a cargo de Transportes y Comunicaciones o quien haga sus veces (cuando se trate de viajes al interior de la región), que certifique que la empresa cuenta con el permiso para realizar estos servicios.

Cuando el viaje o paseos es hacia otros departamentos

Si estas actividades se realizan fuera del departamento, el director tendrá que informar a la UGEL. Además, debe emitir una resolución directoral autorizando la actividad y aprobando su plan de trabajo. En la norma se precisa el resto de documentación que debe adjuntar al informe que presentará a la UGEL.

Dato extra:

• En la Educación Inicial no se realizan viajes de estudio, y los estudiantes no participan en eventos deportivos y culturales, ni en graduaciones.

• El director no tiene la responsabilidad de organizar ni autorizar viajes ni fiestas de promoción al finalizar la educación inicial, primaria o secundaria o los ciclos de la Educación Básica Alternativa.






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