R. M. Nº 641-2019/MINSA - Amplían actividades para el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y Poliomielitis Perú 2019 - www.minsa.gob.pe



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MINISTERIO DE SALUD

Amplían actividades para el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y Poliomielitis Perú 2019

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 641-2019/MINSA


Lima, 15 de julio del 2019

Visto, el Expediente N° 19-073706-001, que contiene el Informe N° 028-2019-DMUNI-DGIESP/MINSA, de la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública, en materia de Inmunizaciones, entre otros;

Que, asimismo, los literales a), b) y d) del artículo 64, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establecen que la citada Dirección General tiene como funciones: coordinar, proponer y supervisar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños en materia de Inmunizaciones; proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de Salud Pública; así como, proponer, conducir, supervisar y evaluar el planeamiento y/o modelo de las acciones de intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños a la salud, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Salud; así como los gobiernos regionales;

Que, el literal e) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 759-2008/MINSA, establece a las inmunizaciones como uno de los servicios y actividades públicas esenciales en los establecimientos de salud en el ámbito nacional;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 445-2019/MINSA, se oficializó las actividades para Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019, a desarrollarse del 01 al 30 de junio del presente año y se aprobó el Documento Técnico: Plan del Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019;

Que, la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ha manifestado que existieron diversas situaciones que acontecieron durante el período de vigencia del Barrido Nacional de Vacunación, por lo que en el marco de sus competencias ha solicitado la ampliación del Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019, del 01 al 15 de julio del presente año; sustentado además la modificación de la Table 6: Cronograma del Barrido Nacional Contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y Poliomielitis Perú 2019, que forma parte integrante del Documento Técnico: Plan del Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019, con la finalidad de mantener la protección para las niñas y niños del Perú, ante las enfermedades inmunoprevenibles como el Sarampión, Rubeola, Parotiditis, y la Poliomielitis;

Que, atendiendo a la fecha de ampliación programada para el Barrido Nacional de Vacunación, corresponde su aprobación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y el numeral 8.2 de la Directiva Administrativa N° 137-MINSA/SG-V.01 "Procedimiento para el Trámite de Actos Resolutivos del Ministerio de Salud", aprobada por Resolución Ministerial N° 468-2008/MINSA;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Que, mediante Informe N° 435-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la

Función Rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011- 2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Ampliar, con eficacia anticipada, del 01 al 15 de julio de 2019 las actividades para el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y Poliomielitis Perú 2019, aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 445-2019/MINSA.

Artículo 2.- Modificar la Tabla 6: Cronograma del Barrido Nacional Contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y Poliomielitis Perú 2019, contenida en el Documento Técnico: Plan del Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubeola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019, aprobado por Resolución Ministerial N° 445-2019/MINSA; conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

[El Peruano: 17/07/2019]






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