UNALM: Universidad Agraria La Molina omitió información sobre pensión de Fujimori, informó el Ministerio de Justicia



UNALM: Universidad Agraria La Molina omitió información sobre pensión de Fujimori, informó el Ministerio de Justicia

Órgano del Minjus insta a la Universidad Agraria aclarar reactivación de pensión de Alberto Fujimori. También apunta a dos versiones sobre el monto que le corresponde: La Procuraduría Anticorrupción instó a la Universidad Agraria La Molina (UNALM) aclarar la reactivación de la pensión de Alberto Fujimori, después de que la casa de estudios aceptara el pedido que presentó este en junio de 2017 en su calidad de exdocente y exrector.

El órgano del Ministerio de Justicia (Minjus) apunta a que hubo ocultamiento de información del centro de estudios cuando solicitó información sobre la pensión y eventual deuda que mantuviera con Fujimori Fujimori.

La Procuraduría Anticorrupción explica que el 13 de julio de 2017 pidió información al respecto a la Universidad Agraria y que la institución respondió mediante una carta el 25 de julio de ese mismo año.

"El mencionado señor ha solicitado la reactivación de su pensión de cesantía, la misma que de resultar procedente se pagaría sin derecho a reintegro a partir de la fecha de presentación de la respectiva solicitud", respondió la universidad, según señala la Procuraduría en un comunicado.

Sin embargo, de acuerdo a la resolución 164-2017-ORH-UNALM, publicada este jueves en un diario local, la Universidad Agraria ya había resuelto el 11 de julio de 2017 reactivar la pensión de cesantía a Fujimori Fujimori.

"Esta información le fue omitida a la PPEDC (Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción - Anticorrupción)", asevera el órgano del Minjus.

Asimismo, la Procuraduría apunta a dos versiones sobre el monto que supuestamente le corresponde a Alberto Fujimori. Indica que en 2013 la universidad reportó que el monto era de S/2.728.40 -cifra que sí estaría sujeta a una retención parcial por concepto de reparación civil-, mientras que la resolución reciente señala que solo es de S/1.589, cantidad que no puede ser embargada.

Según el Código Procesal Civil, las pensiones son inembargables si no exceden las cinco unidades de referencia procesal (S/2.025).

Frente a estas imprecisiones, y con el propósito de garantizar la defensa de los intereses del Estado peruano, la Procuraduría pide a la Universidad Nacional Agraria La Molina aclarar los puntos cuestionados en su comunicado.






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