En la R.M. Nº 627-2016 que aprueba las Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017, indica que durante las jornadas de planificación, al finalizar el año 2016 se elaborará la versión preliminar del plan anual de trabajo (PAT), su ajuste y actualización se realiza del 01 al 10 de marzo del 2017 y debe de quedar concluido como máximo el 31 de marzo de 2017, para lo cual se debe de utilizar la versión actualizada de aplicativo disponible en el portal del MINEDU. En base a esta norma se debe de tomar en cuenta los días feriados a nivel nacional y regional para una adecuada planificación, sin trasgredir la normatividad.
El Decreto de Urgencia Nº 022-2007 (16·07·2007), dicta medidas extraordinarias para asegurar el servicio educativo a nivel nacional y en su artículo 2, referente al pago de remuneraciones, especifica: "El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado estando prohibido el pago de remuneraciones por días no laborados, SALVO DISPOSICIÓN DE LEY EXPRESA EN CONTRARIO (...)".
La ley Nº 23849 (27·08·1983), declara DÍA CÍVICO NO LABORABLE el día 28 de agosto de cada año en el departamento de Tacna en conmemoración de su reincorporación al seno de la patria; y día cívico laborable en el resto de la República.
La Ley Nº 24681 (03·06·1987), declara el día 26 de mayo de todos los años, DÍA FERIADO NO LABORABLE, en la ciudad de Tacna, capital del Departamento de Tacna.
Ambos días, 26 de mayo y 28 de agosto, SON DÍAS NO LABORABLES EN TACNA POR LEY por lo tanto NO SE RECUPERAN tan igual como cualquier otro feriado no laborable en el año 2017 como son:
• | Enero | Domingo 1 (Año Nuevo) |
• | Abril | Jueves 13 y viernes 14 (Semana Santa) |
• | Mayo | Lunes 1 (Día del Trabajo) |
• | Junio | Viernes 29 (San Pedro y San Pablo) |
• | Julio | Jueves 6 (Día del Maestro) Viernes 28 y sábado 29(Fiestas Patrias) |
• | Agosto | Martes 30 (Santa Rosa de Lima) |
• | Octubre | Domingo 8 (Combate de Angamos) |
• | Noviembre | Martes 1 (Día de todos los Santos) |
• | Diciembre | Viernes 8 (Día de la Inmaculada Concepción) Lunes 25 (Navidad) |
Aunque algunas personas, en base al D.U. Nº 022-2007, equivocadamente han creado el término "FERIADO NO LABORABLE PERO RECUPERABLE" y otras obedientemente la acatan, la única excepción en la región Tacna es el día 14 de setiembre en base a la Ordenanza Regional Nº 013-2015-CR (09·09·2015), el cual tiene rango de Ley dentro de la región, que declara FERIADO NO LABORABLE en la Región Tacna el 14 de setiembre en homenaje a la festividad el Señor de Locumba y a la vez establece que las horas dejadas de laborar serán compensadas en las semanas posteriores al evento.
En base a estas leyes se debe de hacer una adecuada planificación para el Plan Anual de Trabajo 2017.
Tacna-Perú, diciembre de 2016.
Fernando Gamarra Morales.
e-mail: fer_gamarra@hotmail.com
cel: 952290888, RPM: #952290888.
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