RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 445-2014-CG «Auditoría Financiera Gubernamental» y el «Manual de Auditoría Financiera Gubernamental» www.contraloria.gob.pe



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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIRECTIVA N° 005-2014-CG/AFIN

"Auditoría Financiera Gubernamental"

RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 445-2014-CG


Lima, 3 de octubre de 2014

VISTOS, la Hoja Informativa N° 00003-2014-CG/AFIN de la Gerencia de Auditoría Financiera, las Hojas Informativas N° 00034 y 00037-2014-CG/PRON y los Memorandos N° 00180 y 00195-2014-CG/PRON del Departamento de Gestión de Procesos y Normativa;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 82° de la Constitución Política del Perú otorga a la Contraloría General de la República, ente técnico del Sistema Nacional de Control, la atribución de supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, el artículo 6° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 14° de la Ley citada, el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, a quien compete dictar los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, organizando y desarrollando el control gubernamental en forma descentralizada y permanente;

Que, mediante Resolución de Contraloría General N° 117-2001-CG se aprobó la Directiva N° 013-2001-CG/B340 "Disposiciones para la Auditoría a la Información Financiera y al Examen Especial a la Información Presupuestaria preparada para la Cuenta General de la República por las Entidades del Sector Público";

Que, la Contraloría General de la República viene implementando un proceso de modernización del Sistema Nacional de Control contemplado en el Plan Estratégico Institucional 2012-2014, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 039-2012-CG, que involucra la adopción de un nuevo enfoque de control, fundamentándose en la necesidad de crear valor para la ciudadanía mediante el ejercicio del control gubernamental que contribuya a la mejora de la gestión pública;

Que, a tenor de lo expuesto, mediante Resolución de Contraloría N° 273-2014-CG se aprobó el documento normativo denominado Normas Generales de Control Gubernamental, disposiciones de obligatorio cumplimiento para la realización del control gubernamental, bajo estándares de calidad que garanticen su ejercicio con eficiencia, objetividad e idoneidad, siendo su objeto regular el desempeño profesional del personal del Sistema y el desarrollo técnico de los procesos y productos de control;

Que, el artículo 146° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría N° 321-2014-CG, establece que la Gerencia de Auditoría Financiera se encarga de ejecutar y supervisar las auditorías financieras en las entidades públicas, empresas del Estado y proyectos financiados por organismos multilaterales, entre otros;

Que, de conformidad a la normativa citada y en ejercicio de las funciones a su cargo, la unidad orgánica citada, mediante el documento de vistos, ha propuesto el proyecto de Directiva denominada "Auditoría Financiera Gubernamental" y el "Manual de Auditoría Financiera Gubernamental", con la finalidad de regular las auditorías financieras a realizarse en el Sector Público e incrementar el grado de confianza de los usuarios en los estados presupuestarios y financieros, contribuyendo a la eficiencia, eficacia y calidad en la auditoría a la Cuenta General de la República; asimismo, propone dejar sin efecto la Directiva N° 013-2001-CG/B340 "Disposiciones para la Auditoría a la Información Financiera y al Examen Especial a la Información Presupuestaria preparada para la Cuenta General de la República por las Entidades del Sector Público", aprobada por Resolución de Contraloría General N° 117-2001-CG;

Que, por su parte, el Departamento de Gestión de Procesos y Normativa opinó favorablemente respecto del proyecto de Directiva y Manual citados, señalando que dichos proyectos normativos se encuentran acordes a las disposiciones de la Directiva N° 003-2011-CG/GDES "Organización y Emisión de Documentos Normativos", aplicable conforme a lo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Directiva N° 014-2013-CG/REG "Organización y Emisión de Documentos Normativos", aprobada por Resolución de Contraloría N° 387-2013-CG;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.-
Aprobar la Directiva N° 005-2014-CG/AFIN denominada "Auditoría Financiera Gubernamental" y el "Manual de Auditoría Financiera Gubernamental", cuyos textos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva N° 013-2001-CG/B340 "Disposiciones para la Auditoría a la Información Financiera y al Examen Especial a la Información Presupuestaria preparada para la Cuenta General de la República por las Entidades del Sector Público", aprobada por Resolución de Contraloría General N° 117-2001-CG.

Artículo Tercero.- Los documentos normativos aprobados mediante el artículo primero de la presente Resolución, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Auditoría Financiera y de la Cuenta General, la programación y realización de la difusión de los documentos normativos aprobados mediante el artículo primero de la presente Resolución.

Artículo Quinto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y los documentos aprobados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), así como en el Portal web (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese

FUAD KHOURY ZARZAR

Contralor General de la República

ÍNDICE

1.FINALIDAD
2.OBJETIVOS
3.ALCANCE
4.BASE LEGAL
5.CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA
6.DISPOSICIONES GENERALES
6.1 Concepto de la auditoría financiera gubernamental
6.2 Enfoque de la auditoría financiera gubernamental
6.3 Objetivos de la auditoría financiera gubernamental
6.3.1 Objetivos generales
6.3.2 Objetivos específicos de la auditoría a los estados presupuestarios
6.3.3 Objetivos específicos de la auditoria a los estados financieros
6.4 Inicio de la auditoría financiera gubernamental
6.5 Marco conceptual
6.5.1 Aseveraciones de los estados presupuestarios y financieros
6.5.2 Escepticismo profesional
6.5.3 Seguridad razonable
6.6 Ética e independencia del auditor
6.7 Comisión auditora
6.8 Responsabilidades
6.8.1 Responsabilidad de la Administración
6.8.2 Responsabilidad del auditor
6.9 Control de calidad
7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
7.1 Etapas de la auditoría
7.1.1 Etapa de planificación
7.1.1.1 Acreditar e instalar la comisión auditora
7.1.1.2 Comprender la entidad y su entorno
7.1.1.3 Aplicar procedimientos de revisión analítica
7.1.1.4 Determinar la materialidad y el error tolerable
7.1.1.5 Evaluar el control interno
7.1.1.6 Evaluar riesgos de auditoría
7.1.1.7 Determinar las visitas de auditoría
7.1.2 Etapa de ejecución
7.1.2.1 Muestreo de auditoría
7.1.2.2 Ejecutar procedimientos de auditoría y obtenerevidencia
7.1.2.3 Determinar las deficiencias significativas
7.1.2.4 Revisar la documentación de auditoría
7.1.3 Etapa de elaboración de informe
7.1.3.1 Obtener la carta de manifestaciones
7.1.3.2 Informe de auditoría
7.1.3.3 Otros documentos presentados por la comisión auditora
8. DISPOSICIONES FINALES
9. DISPOSICIÓN TRANSITORIA
10. ANEXO - Anexo N° 01: Glosario de términos

1. FINALIDAD

Regular las auditorías financieras a realizarse en el Sector Público, a fin de incrementar el grado de confianza de los usuarios de los estados presupuestarios y financieros;

así como, contribuir a la eficiencia, eficacia y calidad en la auditoría a la Cuenta General de la República.

2.OBJETIVOS

2.1 Establecer las disposiciones y criterios técnicos que rigen a la auditoría financiera gubernamental.

2.2 Estandarizar el proceso y la terminología de la auditoría financiera gubernamental, a través de un enfoque metodológico basado en el "Manual de Pronunciamientos Internacionales de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, Otros Aseguramientos y Servicios Relacionados", que incluye las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) aprobadas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés) y en las "Normas Generales de Control Gubernamental".

2.3 Propiciar que los informes de auditoría financiera gubernamental que se emiten en el ámbito del Sistema Nacional de Control contribuyan a mejorar la gestión pública en las entidades del Estado.

2.4 Incrementar la confiabilidad y calidad de las auditorías financieras gubernamentales que respaldan el dictamen anual de la Cuenta General de la República que emite la Contraloría General de la República (en adelante la Contraloría).

2.5 Contribuir al uso racional de los recursos públicos y bienes del Estado.

3.ALCANCE

Las disposiciones de la presente directiva son de aplicación obligatoria para:

3.1 Las unidades orgánicas de la Contraloría, de acuerdo a su competencia funcional.

3.2 Los Órganos de Control Institucional (en adelante OCI).

3.3 Las Sociedades de Auditoría (en adelante SOA) cuando sean designadas y contratadas conforme a la normativa aplicable.

3.4 Las entidades públicas sujetas al ámbito del Sistema Nacional de Control, dentro de los alcances del artículo 3° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

En el caso de proyectos financiados por organismos cooperantes se debe tomar en cuenta, de corresponder, la normativa emitida por los organismos internacionales y lo establecido en el Manual de Auditoría Financiera Gubernamental.

4.BASE LEGAL

4.1 Constitución Política del Perú de 1993.

4.2 Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias.

4.3 Ley N° 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad y modificatoria.

4.4 Ley N° 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.

4.5 Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

4.6 Ley N° 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesorería.

4.7 Ley N° 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento.

4.8 Ley N° 28716 - Ley de Control Interno de las entidades del Estado y modificatorias.

4.9 Leyes Anuales de Presupuesto aplicables.

4.10 Normas Generales de Control Gubernamental, aprobada por Resolución de Contraloría N° 273-2014-CG.

4.11 Código de Ética del Auditor Gubernamental del Perú, aprobado por Resolución de Contraloría N° 077-99-CG.

4.12 Directiva para la Ejecución Presupuestaria aplicable.

Asimismo, se ha considerado como marco técnico de referencia lo siguiente:

4.13 Manual de Pronunciamientos Internacionales de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, Otros Aseguramientos y Servicios Relacionados, que incluye las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).

4.14 Normas Internacionales de Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI, por sus siglas en inglés).

4.15 Código de Ética para profesionales de la Contabilidad, emitido por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés).

4.16 Código de Ética Profesional del Contador Público aprobado por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.

5. CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA

La Cuenta General de la República (en adelante la Cuenta General), elaborada por la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, es el instrumento de gestión pública que contiene información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera, en la actuación de las entidades del sector público durante un ejercicio fiscal.

Los objetivos de la Cuenta General son:

a) Informar los resultados de la gestión pública en los aspectos presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas;

b) Presentar el análisis cuantitativo de la actuación de las entidades del sector público incluyendo los indicadores de gestión financiera;

c) Proveer información para el planeamiento y la toma de decisiones; y, d) Facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública.

La Cuenta General es auditada por la Contraloría, la cual emite el informe de auditoría que tiene el propósito de:

a) Determinar su cumplimiento conforme a los resultados de la gestión pública en los aspectos presupuestarios, financieros y patrimoniales;

b) Determinar el grado de confiabilidad de sus estados presupuestarios y financieros; así como, la transparencia en la información;

c) Opinar sobre la razonabilidad del Estado de la Deuda Pública y Estado de Tesorería;

d) Verificar la aplicación correcta de los procedimientos establecidos en su elaboración, comprobando la correcta integración y consolidación en los estados presupuestarios y financieros;

e) Determinar el estado de la implementación de las recomendaciones y el levantamiento de las observaciones de los ejercicios anteriores.

En aplicación de la NIA 600 Consideraciones Especiales - Auditorías de Estados Financieros de Grupos, la Contraloría como auditor principal, respalda la opinión de la Cuenta General considerando el trabajo de los auditores de los componentes.

6.DISPOSICIONES GENERALES ...

• DESCARGAR NORMA LEGAL:
» www.contraloria.gob.pe

[El Peruano: 04/10/2014]






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