Días no laborables del personal docente



Días no laborables del personal docente

Durante las vacaciones escolares -los docentes- no estarán obligados a asistir a sus centros educativos; tampoco el día de su onomástico ni el Día del Maestro. Si el onomástico cae un día no laborable podrán gozarlo el primer día útil siguiente. A estos beneficios se añaden siete causales de permiso y doce de licencia por las que el profesor puede no asistir a su centro laboral.

¿Con cuánta racionalidad se legisla?

Desde hace algunos meses se observa la aprobación de varios dispositivos cuya pertinencia hay que poner en tela de juicio. Antes que primar un interés de mejora de la calidad del servicio educativo parecería que se opta por normar un aspecto que tiene un impacto mediático en un sector de la población, pero que en el propósito de mejorar la calidad y eficiencia del servicio educativo no solo carece de sustento sino que constituye un retroceso. Iniden quiere analizar algunas de las normas aprobadas y otras que se vienen proponiendo.

Días no laborables del personal docente.
Con el transcurrir de los años el magisterio estatal fue ganando beneficios que otros empleados públicos no los tenían. El reglamento de la Ley del Profesorado (1990), consagró que los docentes de aula con jornada laboral ordinaria tienen sesenta días de vacaciones al finalizar el año escolar y los siguientes días de descanso con goce de haber: (a) un mínimo de diez días durante las vacaciones escolares de medio año; (b) un día de permiso por onomástico y otro por el Día del Maestro; (c) hasta tres días al año por motivos personales, con autorización del Director.

Estos beneficios fueron suspendidos por la Ley de Carrera Pública Magisterial que solo redujo los días de descanso con goce de haber a las vacaciones de fin del año escolar.

Con la aprobación de la Ley de Reforma Magisterial y su reglamento los docentes nuevamente vuelven a ganar muchos de los beneficios instaurados en la Ley del Profesorado. Durante las vacaciones escolares no estarán obligados a asistir a sus centros educativos; tampoco el día de su onomástico ni el Día del Maestro. Incluso si el onomástico cae un día no laborable podrán gozarlo el primer día útil siguiente. A estos beneficios pagados por el Estado hay que añadir siete causales de permiso y doce de licencia por las que el profesor puede no asistir a su centro laboral.

A lo dispuesto por el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial recientemente se suman los alcances de la Ley Nº 30012 que dispone, en el caso de familiares con enfermedad en estado grave o terminal o que sufran accidentes graves, que los trabajadores del sector público y privado tendrán hasta siete días de licencia con goce de haber. Ésta puede prorrogarse hasta treinta días a cuenta del derecho vacacional, e incluso hasta dos meses, pudiéndose recuperar con horas extraordinarias ¿Si son más de dos hermanos los que trabajan, deberá concedérsele la licencia a todos? ¿Cómo se confirmará la veracidad de los certificados que demuestren la gravedad de un pariente cercano en un país en donde sabemos que estos documentos son muchas veces comprados? ¿Cómo se financian los días no laborados, y en el caso de las escuelas, cómo recuperar clases perdidas?

A estas normas también debemos añadir los feriados no laborables dispuestos por el gobierno para fomentar el turismo interno y los feriados que también existen en provincias celebrando sus festividades regionales. Ante esta situación las preguntas que surgen son ¿Cuántos días dejan de trabajar los profesores durante el año? ¿Es posible que aún empezando las clases los primeros días de marzo se pueda cumplir con las jornadas oficiales de trabajo anual en la educación básica que varían desde 900 horas hasta 1,200, dependiendo del nivel de enseñanza? Ciertamente que no. Además, en muchas zonas rurales el año escolar no empieza en marzo sino pasados varios días de abril y los niños a veces estudian solo dos o tres horas al día. También se recuerda que Perú es uno de los pocos países donde la formación en primaria y secundaria dura once años; en la mayoría de otros países son doce años, con lo que la brecha de horas de formación se profundiza. Estas normas no son la manera de lograr estudiantes más calificados en un mundo cada vez más competitivo.

Pago de pensiones escolares.
A propuesta de la congresista Cecilia Chacón circula en el Congreso de la República una iniciativa parlamentaria que modifica el inciso b, del artículo 14º de la Ley de Centros Educativos Privados. La propuesta busca que las pensiones sean una por cada mes de estudio del respectivo año escolar en que los alumnos asistan a clases por lo menos quince días, pudiendo establecerse por concepto de matrícula un monto que no podrá exceder al importe de una pensión mensual de estudios. En otros términos, si un alumno no asiste quince días a la escuela el padre de familia no estaría obligado a pagar la pensión.

Lo que la propuesta ignora es que los costos de funcionamiento de un centro educativo no responden a un estimado mensual sino anual de los gastos. Las remuneraciones del personal docente y administrativo, de las cargas laborales, de los servicios básicos de agua, luz y desagüe, y los de mantenimiento de la infraestructura, entre otros, no pueden dejar de hacerse. Es cierto que hay un grupo de centros de enseñanza de muy baja calidad que pagan por honorarios a sus profesores y, por lo tanto, no asumen pagos de CTS, seguridad social ni gratificaciones, pero ello no puede ser el motivo para que se castigue a los centros que cumplen con sus obligaciones laborales y de servicio ofrecido a los padres. Si el Congreso quiere legislar en ese campo lo que debería hacer es impedir que nazcan y que continúen funcionando centros de enseñanza que no responden a un estándar mínimo de calidad y que no asumen sus obligaciones laborales.

De aprobarse, esta iniciativa no solo contribuiría a eludir el pago de pensiones y aumentar sus niveles de morosidad, sino que también crearía el ambiente propicio para que los centros educativos ingresen a un peligroso proceso de retroceso de la calidad de sus servicios. Además, lo que adicionalmente haría es ir en contra de padres de familia que aceptando y cumpliendo las reglas de juego acordadas con un centro de enseñanza verían a otros padres que no pagan la pensión pero que igual exigen y tienen los mismos derechos de aquellos que sí cumplen. En un análisis más detenido de la norma, lo que se concluye es que castiga la práctica de la formalidad.

Sería una mala medida en momentos en que la educación privada crece y es el soporte del incremento de la matrícula. Si la matrícula pública ha descendido en más de un millón de estudiantes es porque la percepción de un sector importante de la población es que no obstante que el sector Educación tiene un presupuesto mayor y se moderniza la infraestructura educativa, la calidad de la escuela pública casi no mejora, que existe un sindicato de educadores que se opone a la aplicación de criterios meritocráticos y que para tener una escuela pública realmente competitiva habrá que esperar muchos años, posiblemente muchas décadas si no se acometen políticas eficaces y exitosas de combate al bajo rendimiento y fracaso escolar, la corrupción, la ineficiencia en la ejecución del presupuesto sectorial.

La reciente CADE 2013 ha sido un ejemplo del surgimiento de renovados enfoques de participación del sector privado en educación. Proyectos como el de la red de colegios Innova Schools plantean la posibilidad de que personas de ingresos medios y bajos accedan a una educación de alto estándar de calidad a bajo costo, que los niños tengan acceso a una enseñanza que aprovecha la tecnología, que provee una formación bilingüe y que se preocupa por calificar a sus profesores. En el futuro podría estancarse el surgimiento de nuevas inversiones en educación de ponerse en vigencia medidas como las que promueve la iniciativa de la congresista Chacón y otras ya en aplicación que tratan de proteger en exceso a padres irresponsables que no cumplen con los compromisos que asumen para educar a sus hijos.

Lo que algunos no llegan a comprender es que la educación privada debe verse como un aliado de la educación pública y no como un competidor. El presupuesto de educación creció en los últimos años como pocas veces, pero la consecuente inversión por estudiante de escuela pública no hubiera crecido tanto si la presencia privada no hubiera sido tan dinámica como lo es desde hace un tiempo. Aún así, si bien aumentó la inversión por alumno de escuela pública, todavía es una de las más bajas entre países que compiten con nosotros; por ejemplo, respecto a Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, México y Uruguay.

Participación de los padres de familia en la selección de textos escolares.
En marzo del 2012 se dio la Ley Nº 29839, que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares. La Ley expresa la necesidad que los padres de familia adquieran textos en las mejores condiciones de calidad y precio. Para ello excluye la posibilidad que en la comercialización haya beneficio directo o indirecto de instituciones educativas, promotores o docentes. Asimismo, establece que los padres de familia no están obligados a comprar textos nuevos. Un observatorio nacional de textos escolares se crea para divulgar, con la colaboración de INDECOPI, información sobre las editoriales, los textos y sus precios.

Un aspecto destacado a la vez que polémico de la Ley es que la institución educativa debe presentar a consideración de los padres de familia por lo menos tres propuestas de texto escolar para cada área curricular que respondan a los criterios e indicadores que el Ministerio de Educación fije para el proceso de selección y adquisición. La norma busca que la decisión final respecto a qué textos emplear recaiga en los padres de familia, lo cual debe constar en acta.

La ley se aplicó en sus diversos alcances en el presente año escolar. Cabe indicar que como resultado de fuertes presiones por parte de un sector de los medios de comunicación y de Indecopi por el cumplimiento de la norma, así como lo complicado de trabajar con un excesivo número de criterios e indicadores para la selección, varios centros educativos replantearon sus estrategias de adquisición o incluso dejaron de adquirir textos en el presente año. En el 2013 el descenso en la venta de este material estaría entre el 10% y 15%, aún cuando no se dieron reajustes significativos en los precios de este producto. Mal antecedente como estímulo a una industria que merece ser desarrollada y como respuesta a unos resultados de aprendizaje que nos sitúan mal parados tanto en las evaluaciones nacionales como internacionales.

Denuncias sobre la circulación de un texto de matemáticas con errores de contenido pusieron sobre el tapete nuevamente la conveniencia de que exista alguna entidad evaluadora que certifique la calidad de sus contenidos. Si conservadoramente se estima un promedio de 20 títulos por cada área y grado que circulan en el país, y que son 10 áreas de formación y once grados entre primaria y secundaria, se estaría requiriendo la revisión de aproximadamente 2,200 textos, además de los de educación inicial y de otras modalidades. El problema está en que los antecedentes ilustran que ese modelo enfrenta limitaciones de capacidad operacional para implementarlo y conlleva el riesgo de lentitud, corrupción y la no garantía de superar los errores que a veces se ven en la impresión de los textos escolares.

La experiencia del presente año muestra que en los centros educativos mejor organizados, la participación de los padres de familia logró ser en la mayor parte de los casos de respaldo a las recomendaciones que venían de los docentes. En ello indudablemente ha influido la imagen de la institución y de sus docentes frente a los padres, como también las limitaciones que los padres de familia reconocen tener para elegir el texto escolar que más convenga para la formación de sus hijos. Estas limitaciones se agrandan en contextos donde el nivel cultural y educativo de los padres es menor.

A manera de conclusión
Es todavía prematuro evaluar el impacto de esta ley, no obstante, como en el caso de las pensiones escolares, la promulgación de dispositivos de esta naturaleza debería ser el producto de una concertación con el gremio empresarial respectivo. Al país le interesa tener industrias fuertes y, como en el caso de la editorial, renovada constantemente en función de los avances tecnológicos y del conocimiento. Dejarlas trabajar en el marco del respeto a las leyes y con el compromiso de ofrecer un servicio de calidad parece ser lo aconsejable.

• Hugo Díaz D. y Otto Eléspuru



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