CONGRESO DESAFÍA LA VOLUNTAD POPULAR: aprueban Bicameralidad y Reelección Perpetua pese al rechazo ciudadano en referéndum



CONGRESO DESAFÍA LA VOLUNTAD POPULAR: aprueban Bicameralidad y Reelección Perpetua pese al rechazo ciudadano en referéndum
EL PUEBLO LO RECHAZÓ EN REFERÉNDUM PERO AL CONGRESO NO LE IMPORTA Y APROVECHA PARTIDO DE FUTBOL COMO DISTRACCIÓN PARA APROBAR LEYES QUE LOS BENEFICIA: Pleno aprobó en primera votación restablecimiento de la bicameralidad.

El pleno del Congreso de la Repúblicaaprobó, en primera votación, la reforma constitucional para el retorno a la bicameralidad en dicho poder del Estado.

El dictamen de la Comisión de Constitución obtuvo 93 votos a favor, por lo que deberá ser sometido a una segunda votación en la próxima legislatura ordinaria, señaló el presidente del Parlamento, Alejandro Soto.

Además, la iniciativa obtuvo 28 votos en contra y una abstención.

Antes de pasar al voto, el congresista Elías Varas (Perú Bicentenario) presentó una cuestión previa para que el proyecto retorne a la Comisión de Constitución. Esta, sin embargo, fue rechazada por voto en mayoría.

Reelección inmediata

La congresista Martha Moyano, presidenta de la Comisión de Constitución, precisó que en el último párrafo del texto sustitutorio se ha incorporado un texto en donde se señala que los senadores y diputados podrán ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.

"Para complementar esta propuesta se está incorporando una disposición complementaria para derogar el artículo 90-A de la Constitución", señaló.

Asimismo, indicó que los miembros del senado no tendrán iniciativa legislativa, como en el caso de los diputados, ya que sus proyectos son revisados por los primeros.

En ese sentido, Moyano indicó que, en caso de que la cámara de senadores no responda en un determinado tiempo para ratificar una iniciativa, "los diputados van a tomar la decisión de dar la autógrafa y enviarla al Ejecutivo". "Por lo tanto, no hay poder absoluto, estamos haciendo contrapesos", agregó la presidenta de la Comisión de Constitución.

El debate sobre el retorno a la bicameralidad se retomó hoy en el Parlamento, tras un cuarto intermedio de cinco meses.

Como se recuerda, el pasado 8 de junio, el pleno aprobó una reconsideración de la votación sobre el dictamen de la Comisión de Constitución.

Esta se presentó debido a que la propuesta para restablecer la cámara de senadores no había alcanzado los 87 votos para ser ratificada en segunda votación, por lo que debía sometida a referéndum.

Estas son las funciones que tendrá el Senado:

1. Aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados.

2. Elegir al defensor del pueblo con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros y, de ser el caso, removerlo por falta grave con igual votación.

3. Designar al contralor general de la república y, de ser el caso, removerlo por falta grave.

4. Elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros.

5. Elegir a tres directores del Banco Central de Reserva y ratificar la designación de su presidente con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros y removerlos por falta grave con igual votación.

6. Ratificar al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

7. Autorizar al presidente de la república para salir del país.

8. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.

9. Revisar los decretos de urgencia dictados por el presidente de la república durante el interregno parlamentario y proceder a modificación de acuerdo con su Reglamento.

10. Ejercer control sobre decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados y los decretos de régimen de excepción.

11. Aprobar los tratados señalados en el artículo 56 antes de su ratificación por el presidente de la república.

12. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de su función.

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