LEY Nº 31891
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo Único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la puesta en valor, restauración, conservación y promoción cultural y turística del monumento histórico denominado Casa de José Sabogal, ubicado en el distrito y provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Entidad competente
El Gobierno Regional de Cajamarca, de acuerdo con sus competencias y funciones, realizará las acciones pertinentes para la puesta en valor, restauración, conservación y promoción cultural y turística del referido monumento histórico, con asistencia técnica del Ministerio de Cultura.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
HERNANDO GUERRA GARCÍA CAMPOS
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
[El Peruano: 06/10/2023]
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