R. VM. N° 092-2023-MINEDU.- Incorporan numerales 3.63 y 5.6.3.7 al documento normativo «Disposiciones que regulan Nombramiento Docente - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en II.EE Públicas", aprobado mediante R. VM N° 081-2022-MINEDU; y dictan otras disposiciones



R. VM. N° 092-2023-MINEDU.- Incorporan numerales 3.63 y 5.6.3.7 al documento normativo «Disposiciones que regulan Nombramiento Docente - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en II.EE Públicas
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Incorporan numerales 3.63 y 5.6.3.7 al documento normativo Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 081-2022-MINEDU; y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 092-2023-MINEDU


Lima, 6 de julio de 2023

VISTOS, el Expediente N° DIED2022-INT-0105538, el Informe N° 008342-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N° 01055-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00852-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial (en adelante,
CPM);

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la CPM, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 17 de la Ley de Reforma Magisterial establece que el ingreso a la CPM es por concurso público y se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial; asimismo, el artículo 19 de la mencionada Ley, establece que el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la CPM;

Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ley establece que el concurso para el ingreso a la CPM durante el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad referida en el artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial;

Que, el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial señala que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento son atendidas vía concurso público de contratación docente. Para postular se requiere ser profesional con título de profesor o licenciado en educación;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 081-2022-MINEDU, modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 006-2023-MINEDU, N° 015-2023-MINEDU y N° 028-2023-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica", el cual tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios y procedimientos técnicos para la organización, implementación y ejecución del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento;

Que, con Resolución Viceministerial N° 082-2022-MINEDU, modificada por la Resoluciones Viceministeriales N° 164-2022-MINEDU, N° 005-2023-MINEDU y N° 016-2023-MINEDU, se convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y se aprueba el respectivo cronograma;

Que, la Ley N° 31609, Ley que establece la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas en las instancias de gestión educativa descentralizada del sector Educación", tiene por objeto establecer la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas en las instancias de gestión educativa descentralizada del sector Educación, comprendidas en el régimen laboral regulado por la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio N° 01405-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 008342-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, en el que propone y sustenta la necesidad de incorporar los numerales 3.63 y 5.6.3.7 al documento normativo denominado "Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica", a fin de incluir las plazas eventuales que han sido convertidas a plazas orgánicas, en el marco de la Ley N° 31609, Ley que establece la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada del sector educación;

Que, asimismo, la Dirección de Evaluación Docente, propone y sustenta la necesidad de modificar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, con la finalidad de incorporar actividades que permitan a los postulantes acceder a todas las plazas orgánicas en el presente concurso;

Que, la propuesta de modificación del documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD). Asimismo, la propuesta de modificación del cronograma del citado Concurso Público cuenta con la opinión favorable de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);

Que, mediante el Informe Nº 01055-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta por cuanto su objeto y alcance se encuentran alineados con los objetivos institucionales y estratégicos del sector; y, desde el punto de vista presupuestal no demandaría recursos adicionales en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, asimismo, con Informe Nº 00852-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar los numerales 3.63 y 5.6.3.7 al documento normativo denominado "Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica", aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 081-2022-MINEDU y modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 006-2023-MINEDU, N° 015-2023-MINEDU y N° 0028-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al siguiente tenor:

"3. BASE NORMATIVA

(...)

3.63 Ley N° 31609, Ley que establece la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada del sector Educación.

(...)"

"5.6 Disposiciones Específicas

(...)

5.6.3 Publicación de plazas puestas a concurso

(...)

5.6.3.7 En aplicación de la Ley N° 31609, Ley que establece la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada del sector Educación, el Minedu realiza una publicación excepcional de la relación preliminar de plazas puestas a concurso en su portal institucional, luego de lo cual se implementan las disposiciones previstas en los numerales 5.6.3.2, 5.6.3.3, 5.6.3.4 y 5.6.3.5 del presente documento normativo, de acuerdo a lo establecido en su cronograma."

Artículo 2.- Modificar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 082-2022-MINEDU y modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 164-2022-MINEDU, N° 005-2023-MINEDU y N° 016-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al Anexo I de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Miriam Janette Ponce Vertíz
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 06/07/2023]

CRONOGRAMA
InicioFinActividad
05/07/2022 19/07/2022Inscripción o actualización de datos de postulantes.(a)

(a) Los postulantes realizan el procedimiento de inscripción exclusivamente a través del aplicativo disponible en el portal institucional del Minedu, según el procedimiento establecido en el documento normativo, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 00081-2022-MINEDU. Cabe indicar que los profesores inscritos en la convocatoria del 2021 mantienen su inscripción para el presente concurso. Asimismo, podrán actualizar los datos consignados en su inscripción hasta el último día del plazo de esta actividad.
PUBLICACIÓN DE PLAZAS PUESTAS A CONCURSO
InicioFinActividad
14/11/202214/11/2022Publicación de la relación preliminar de plazas puestas a concurso, en el portal institucional del Minedu.
15/11/202220/12/2022Presentación de observaciones a la relación preliminar de plazas puestas a concurso ante la UGEL o DRE, según corresponda
16/11/202213/01/2023Subsanación de observaciones por parte de la UGEL o DRE, según corresponda, a través del Sistema NEXUS, de la relación preliminar de plazas puestas a concurso.

07/07/202307/07/2023Publicación excepcional de la relación preliminar de plazas puestas a concurso, en el portal institucional del Minedu.
10/07/202325/08/2023Presentación de observaciones a la relación preliminar de plazas puestas a concurso, publicadas excepcionalmente, ante la UGEL o DRE, según corresponda.
11/07/202308/09/2023Subsanación de observaciones por parte de la UGEL o DRE, según corresponda, a través del Sistema NEXUS, de la relación preliminar de plazas puestas a concurso publicadas excepcionalmente.

21/09/202321/09/2023Publicación consolidada de plazas puestas a concurso, en el portal institucional del Minedu.
ETAPA NACIONAL
InicioFinActividad
25/11/202225/11/2022Publicación de centros de evaluación para rendir la Prueba Nacional, en el portal institucional del Minedu.
09/12/202209/12/2022Fecha 1 | Aplicación de la Prueba Nacional. (b)
11/12/202211/12/2022Fecha 2 | Aplicación de la Prueba Nacional. (b)
23/12/202223/12/2022Publicación de resultados preliminares de la Prueba Nacional.
24/12/202228/12/2022Presentación de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Nacional.
26/12/202202/01/2023Resolución de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Nacional.
03/01/202303/01/2023Publicación de resultados finales de la Prueba Nacional.

(b) Cada postulante rendirá la Prueba Nacional en una única fecha, la cual será programada y comunicada por el Minedu en la publicación de los centros de evaluación.
Selección de la región y UGEL o DRE, conformación de Comités de Evaluación y publicación de postulantes y locales de evaluación de la Etapa Descentralizada
InicioFinActividad
26/12/202205/01/2023Selección de la región para nombrarse y de la UGEL o DRE, de la misma región, para ser evaluado en la Etapa Descentralizada. (c)
27/12/202206/01/2023Conformación de Comités de Evaluación.
08/01/202308/01/2023Publicación de postulantes por UGEL o DRE y de locales de evaluación. (d) 
15/02/202315/03/2023Conformación excepcional de Comités de Evaluación.
20/03/202320/03/2023Publicación excepcional de postulantes por UGEL o DRE y de locales de evaluación.(e) 

(c) El postulante deberá ingresar al aplicativo dispuesto en el portal institucional del Minedu, elegir una única región donde desee nombrarse y luego seleccionar la DRE o la(s) UGEL de su interés en esa región para ser evaluado en la Etapa Descentralizada registrando su orden de preferencia. La selección realizada por el postulante permitirá su asignación para ser evaluado por un único Comité de Evaluación en la Etapa Descentralizada.

(d) El Minedu dentro del plazo establecido en el cronograma, publica en el portal institucional la relación de postulantes por UGEL o DRE y el local de evaluación donde el Comité aplicará los instrumentos de evaluación de la Etapa Descentralizada.

(e) El Minedu dentro del plazo establecido en el cronograma, publica excepcionalmente en el portal institucional la relación de postulantes por UGEL o DRE y el local de evaluación donde el Comité de Evaluación aplicará los instrumentos de evaluación de la Etapa Descentralizada.
ETAPA DESCENTRALIZADA
InicioFinActividad
10/01/202321/02/2023Registro, por parte de los postulantes, del Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional; y acreditación del derecho a recibir bonificaciones de Ley, a través del aplicativo proporcionado por el Minedu en su portal institucional. (f)
10/01/202317/08/2023Aplicación de los instrumentos de evaluación de la Etapa Descentralizada, verificación de los documentos para acreditar el cumplimiento de requisitos y el derecho a recibir bonificaciones de Ley, en caso corresponda. (g)
10/01/202317/08/2023Ingreso de los resultados de la Etapa Descentralizada en el aplicativo proporcionado por el Minedu, a cargo de los Comités de Evaluación.
22/08/202322/08/2023Publicación de resultados preliminares de la Etapa Descentralizada. (h)
23/08/202306/09/2023Presentación de reclamos sobre el puntaje obtenido en la etapa descentralizada.
24/08/202314/09/2023Resolución de reclamos e ingreso de resultados, en los casos que corresponda, de la Etapa Descentralizada y emisión de actas en el aplicativo proporcionado por el Minedu, a cargo del Comité de Evaluación.
19/09/202319/09/2023Publicación de resultados finales de la Etapa Descentralizada.

(f) El postulante que continúa en el concurso debe presentar ante cada Comité de Evaluación asignado, en el plazo establecido por este, el expediente detallado en el numeral 5.6.9.2 del Documento Normativo del concurso que incluye el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional.

(g) Los Comités de Evaluación, dentro del plazo previsto para la presente actividad, deberán establecer su propio cronograma para el adecuado desarrollo de la misma y para la presentación de expedientes que contengan el "Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional", la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos, la trayectoria profesional, y de ser el caso, el derecho a recibir las bonificaciones de Ley.

(h) De acuerdo a lo informado por los Comités de Evaluación a través del aplicativo proporcionado por el Minedu.
SELECCIÓN DE II.EE PARA EL NOMBRAMIENTO, PUBLICACIÓN DE GANADORES Y EMISIÓN DE RESOLUCIONES
InicioFinActividad
22/09/202305/10/2023Selección de II.EE. de su interés para ser nombrado, en el portal institucional del Minedu. (i)
11/10/202311/10/2023Publicación de ganadores del Concurso de Ingreso a la CPM.
12/10/202318/10/2023Presentación ante la UGEL o DRE, según corresponda, de documentos por parte de los postulantes ganadores del concurso.
19/10/202326/10/2023Emisión de resoluciones de nombramiento.

(i) El postulante que superó los puntajes mínimos establecidos para la Etapa Nacional y la Etapa Descentralizada puede realizar la selección de II.EE. de su interés para ser nombrado, se realiza a través del aplicativo dispuesto por el Minedu.
PROPUESTA EXCEPCIONAL DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS Y EMISIÓN DE RESOLUCIONES
InicioFinActividad
13/10/202313/10/2023Presentación de la propuesta excepcional de adjudicación de plazas, en el aplicativo del Minedu. (j)
13/10/202318/10/2023Confirmación de la propuesta excepcional de adjudicación de plazas por parte de los postulantes en el aplicativo del Minedu.
20/10/202320/10/2023Publicación de la relación de postulantes que manifestaron su conformidad con la propuesta excepcional de adjudicación de plazas, en el portal institucional del Minedu.
23/10/202327/10/2023Presentación ante la UGEL o DRE, según corresponda, de documentos por parte de los postulantes ganadores.
30/10/202303/11/2023Emisión de resoluciones de nombramiento.

(j) El Minedu realizará la propuesta de adjudicación de una plaza alternativa al postulante en el aplicativo determinado por Minedu. El postulante que reciba dicha propuesta deberá manifestar su conformidad o inconformidad en el aplicativo dispuesto por el Minedu para tal fin.
DETERMINACIÓN DE CUADROS DE MÉRITO PARA LA CONTRATACIÓN DOCENTE
InicioFinActividad
28/12/202228/12/2022Publicación de plazas vacantes para el procedimiento de contratación docente, en el portal institucional del Minedu.
03/01/202313/01/2023Selección, por parte de los postulantes, de la UGEL o DRE de su preferencia en una única región con plazas vacantes en el grupo de inscripción en el que rindió la Prueba Nacional, a través del aplicativo publicado en el portal institucional. (k)
16/01/202316/01/2023Publicación de postulantes por UGEL o DRE, en el portal institucional del Minedu.
17/01/202319/01/2023Presentación a la UGEL o DRE, según corresponda, de los documentos para acreditar el derecho a recibir la(s) bonificación(es) de Ley.
17/01/202322/01/2023Verificación por parte de la UGEL o DRE, según corresponda, de los documentos para acreditar el derecho a recibir la(s) bonificación(es) de Ley.
17/01/202322/01/2023Ingreso de los resultados de la verificación de los documentos presentados para acreditar el derecho a recibir la(s) bonificación(es) de Ley en el aplicativo proporcionado por el Minedu, por parte de la UGEL o DRE.
24/01/202324/01/2023Publicación de los cuadros de mérito en el portal institucional del Minedu.

(k) El postulante es responsable de verificar si existen plazas vacantes en la UGEL o DRE seleccionada. En caso verifique que en la UGEL o DRE seleccionada no existan plazas vacantes debe realizar la selección de una UGEL o DRE con plazas vacantes en el grupo de inscripción en el que dio la Prueba Nacional. Si no realiza la selección, el Minedu, excepcionalmente le asignará la UGEL o DRE de acuerdo a los criterios establecidos en el numeral 5.6.15.3.4 del documento normativo.





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