R. LEG. N° 003-2022-2023-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que modifica el Reglamento del Congreso de la República para desarrollar las alternativas del Congreso de la República sobre las observaciones del Presidente de la República a las autógrafas de ley



R. LEG. N° 003-2022-2023-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que modifica el Reglamento del Congreso de la República para desarrollar las alternativas del Congreso de la República sobre las observaciones del Presidente de la República a las autógrafas de ley
CONGRESO DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 003-2022-2023-CR

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa del

Congreso siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO

QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PARA DESARROLLAR LAS ALTERNATIVAS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LAS OBSERVACIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A LAS AUTÓGRAFAS DE LEY


Artículo único. Incorporación del artículo 79-A en el Reglamento del Congreso de la República

Se incorpora el artículo 79-A en el Reglamento del Congreso de la República con la siguiente redacción:

"Observaciones formuladas por el Presidente de la República a las autógrafas de Ley

Artículo 79-A

Al emitir el dictamen sobre una autógrafa observada, la comisión tiene las siguientes alternativas:

a) Dictamen de allanamiento: Cuando la comisión acepta todas las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo y modifica el texto originario de la autógrafa según dichas observaciones, sin insistir en aspecto alguno que hubiera sido objeto de observación y, a la vez, sin alterar, ni en forma ni en fondo, la parte no observada del texto de la autógrafa.

b) Dictamen de insistencia: Cuando la comisión rechaza total o parcialmente las observaciones del Presidente de la República e insiste en el texto originario de la autógrafa.

Se configura la insistencia, por lo tanto, cuando, habiéndose aceptado algunas de las observaciones del Poder Ejecutivo, al mismo tiempo, se ha mantenido el texto originario de las otras disposiciones o artículos observados.

c) Nuevo proyecto: Cuando, dentro de un proceso de reconsideración frente a las observaciones del Poder Ejecutivo a una ley aprobada por el Congreso, la comisión incorpora en el texto originario de la autógrafa observada nuevas normas o disposiciones por propia iniciativa, sin considerar las observaciones del Poder Ejecutivo.

Asimismo, se configura también este supuesto cuando:

1. Se aceptan las observaciones del Poder Ejecutivo, pero se incorporan nuevas disposiciones o normas no relacionadas con dichas observaciones sea respecto del fondo o de la forma.

2. Se insiste en el texto originario de la autógrafa, pero se incorporan normas o disposiciones, de forma o de fondo, no relacionadas con las observaciones del Poder Ejecutivo".

Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil veintidós.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

[El Peruano: 27/10/2022]



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