R. VM. N° 115-2022-MINEDU.- Aprueban los «Lineamientos para la implementación de la estrategia Arte para Crecer en Comunidad»



R. VM. N° 115-2022-MINEDU.- Aprueban los «Lineamientos para la implementación de la estrategia Arte para Crecer en Comunidad»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban los "Lineamientos para la implementación de la estrategia Arte para Crecer en Comunidad"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 115-2022-MINEDU


Lima, 6 de septiembre de 2022

VISTOS, el Expediente N° 0124965-2022, los Informes N° 00483-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y N° 00574-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 01375-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01031-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, según lo previsto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general de Estado;

Que, el literal h) del artículo 8 de la Ley General de Educación señala como principios que sustentan la educación peruana, la creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura; asimismo, el literal g) del artículo 13 de la misma Ley prevé, como factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación, a la investigación e innovación educativa;

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por el literal a) del artículo 9 de la Ley General de Educación, uno de los fines de la educación peruana es, formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y critica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimientos;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 186-
2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado "Disposiciones para la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural", cuyo objetivo es establecer los lineamientos y orientaciones para la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante el Oficio N° 00768-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00483-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, complementado con el Informe N° 00574-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, elaborados por la Dirección de Educación Física y Deporte, que sustentan la necesidad de aprobar los "Lineamientos para la implementación de la estrategia Arte para Crecer en Comunidad", cuyo objetivo es establecer orientaciones para la organización y gestión de la estrategia "Arte para Crecer en Comunidad" en instituciones educativas públicas de la Educación Básica Regular, con el propósito de fortalecer el desarrollo socioafectivo y el bienestar estudiantil; así como el desarrollo de las competencias vinculadas a la ciudadanía en las y los estudiantes de educación inicial, primaria y secundaria;

Que, a través del Informe N° 01375-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emitió opinión favorable señalando que la propuesta se encuentra alineada a los documentos de planificación estratégica e institucional del Sector; y en materia presupuestal, su implementación no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación ni a las instancias de gestión educativa involucradas;

Que, mediante el Informe N° 01031-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para la implementación de la estrategia Arte para Crecer en Comunidad" que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de la implementación de la estrategia "Arte para Crecer en Comunidad", contenida en el documento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, la difusión y promoción de la estrategia "Arte para Crecer en Comunidad", contenida en el documento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución, a través del portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y en las redes sociales oficiales del Ministerio de Educación.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Alberto Hernández Alcántara
Viceministro de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 07/09/2022]



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